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Visto el expediente instruido a instancia de D. José A. Ariza Baena, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, N.R.P. 3046975146A3003, para la revocación del nombramiento provisional como Secretario del Ayuntamiento de Algarinejo (Granada), así como el escrito de fecha 2 de septiembre de 1994 por el que el interesado solicita la revocación del nombramiento provisional en la Secretaría de la citada Corporación y el Acuerdo de fecha 2 de septiembre de 1994 adoptado por el Ayuntamiento de Algarinejo, en el que se propone la revocación solicitada por el citado funcionario, de conformidad con lo establecido en el artículo 30.5 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, y en el párrafo segundo de la disposición adicional novena de la Ley
22/1993, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de reforma del régimen jurídico de la función pública y de la protección por desempleo. Esta Dirección General ha resuelto:
Revocar el nombramiento provisional de D. José A. Ariza Baena, como Secretario del Ayuntamiento de Algarinejo (Granada), quedando en expectativa de nombramiento de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.1.b) del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre.
Sevilla, 7 de septiembre de 1994.-El Director General, P.S. (Orden de
1.9.94), El Viceconsejero, José A. Sainz-Pardo Casanova.
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