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Habiendo resultado infructuoso los intentos de notificación del escrito sobre el cierre de una oficina que la Agencia de Viajes Central de Peregrinaciones Asís, SA. tiene en Sevilla cuya Sede Social está en Madrid, por medio de la presente, en virtud de lo previsto en el artículo 59, párrafo 4º de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le notifica lo que se transcribe a continuación:
«Visto el informe emitido por personal de la inspección de este Servicio se comprobó en visita efectuada a la oficina de la Agencia de Viajes Central de Peregrinaciones Asís SA. sita en la calle Monardes, 7-4º C de esta ciudad que, se encuentra cerrada y sin actividad, en el exterior del edificio se encuentra instalado un rótulo con la denominación de Central de Peregrinaciones Asís S.A., y según manifestación del portero del inmueble se encuentra cerrada desde hace varios meses, ignorando su actual domicilio. Por escrito de fecha 27.6.94 enviado y devuelto por correo, se le interesó la obligación de solicitar la baja de la referida oficina caso de haber cesado en la actividad.
A la vista de lo anteriormente expuesto, con carácter previo a resolver sobre la cancelación de oficio de la inscripción del establecimiento, se le pone de manifiesto el expediente en trámite de audiencia durante el plazo de quince días, durante los cuales podrá alegar y presentar los documentos que estime pertinentes o formalizar, caso de cese de la actividad la baja del establecimiento mediante impreso normalizado cuyo modelo se adjunta al presente«.
Sevilla, 15 de septiembre de 1994.-El Delegado, Francisco Javier de Soto Chazarri.
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