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Reunida la Comisión Provincial de Urbanismo de Almería en sesión celebrada el día 17 de diciembre de 1993. Visto el expediente instruido por la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes bajo el número 2615 del que se dio cuenta a la ponencia técnica en su reunión de trabajo de 10 de diciembre de 1993, sobre Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Huércal de Almería, referida al Sector 17, promovido por Inalgra, S.A.
El expediente y proyecto presentados se ajustan, en general, a la Legislación Urbanística Vigente, no obstante, al pasar de uso industrial a residencial e incrementarse el volumen edificable, se requiere la precisión de los mayores espacios libres que se requiera el aumento de la densidad de población, conforme a lo dispuesto en el artículo 128.2 de la Ley del Suelo. Siguiendo criterios de esta Comisión, el incremento de zonas libres deberá ser de 18 m2 por cada unidad de 100 m2 de incremento de edificabilidad. Vistos los artículos 73, 75, 77, 78, 80 y 114 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (R.D. Legislativo 1/1992) y demás disposiciones complementarias y Vista la normativa del Texto Refundido de la Ley del Suelo en relación con el Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, en el que se regulan las competencias en materia urbanística de las Comisiones Provinciales de Urbanismo de la Junta de Andalucía. La Comisión Provincial de Urbanismo Acuerda: Aprobar definitivamente la presente Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Huércal de Almería, con la corrección indicada de incrementar las zonas libres. Publíquese la presente Resolución en el BOJA. Contra la presente Resolución que pone fin a la vía Administrativa cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su notificación, previa comunicación a esta Comisión Provincial de Urbanismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2º y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Almería, 17 de diciembre de 1993.- El Secretario, Andrés Marín Durbán.
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