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RESUELVE
PRIMERO.- La resolución parcial del Convenio de Colaboración suscrito en fecha 2 de Septiembre de 1991, entre la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía y Restauración para Exposiciones S.A., reconociéndose gastos debidamente justificados por valor de trece millones doscientas setenta y una mil ochocientas veinte pesetas (13.271.820 ptas.), correspondientes a la beca de asistencia de parte de los alumnos participantes en los cursos, siendo la cuantía total destinada a este concepto de ciento dos millones setecientas cuarenta mil setecientas veinte pesetas (102.740.720 ptas.).
SEGUNDO.- La extinción de la subvención concedida por un importe de doscientos quince millones doscientas setenta y tres mil cuatrocientas setenta y dos pesetas (215.273.472 ptas.), correspondiente al segundo procediéndose por tanto a la ordenación del pago del mismo.
TERCERO.- El reintegro a la Tesorería General de la Junta de Andalucía la cantidad de doscientos dos millones una mil seiscientas cincuenta y una pesetas.), en la cuenta corriente nº 10018670, abierta en el Banco de Jerez, Avda. República Argentina nº 19, c.p. 41011 Sevilla, como consecuencia del incumplimiento parcial de las obligaciones contraídas, y del informe emitido por la Intervención General de la Consejería de Economía y Hacienda de comprobación material de la Correcta inversión de la subvención concedida.
Dicha cantidad a reintegrar resulta de la diferencia entre la cuantía ya percibida del cincuenta por ciento de las becas abonadas por la Entidad (13.271.820 ptas.).
CUARTO.- Se advierte a dicha Entidad que el no cumplimiento de la obligación de reintegro, dará lugar a su exigibilidad en vía de apremio.
Notifíquese a los interesados en la forma prevista en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, con la advertencia expresa de que contra la misma podrá interponerse recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la presente resolución, en virtud de lo establecido en el art. 114 y siguientes de la Ley antes citada.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto será firme a todos los efectos.- Propuesto: Sevilla, 11 de diciembre de
1993.- El Jefe del Servicio de Gestión de la Formación Ocupacional, José Mª Doménech Mata. Conforme: Sevilla, 11 de diciembre de 1993.- El Director General de Formación e Inserción Profesional, Juan Mª Ruiz Romero. Sevilla, 11 de diciembre de
1993.- El Director General, Juan Mª Ruiz Romero.
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