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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 23 de enero de 1994, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1817/92, promovido por Clínica Santa Isabel, S.A. sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que estimamos parcialmente el recurso formulado por Clínica Santa Isabel, S.A. contra la resolución que recoge el primero de los antecedentes de hecho de esta sentencia, las que consideramos ajustadas al ordenamiento jurídico salvo en el particular relativo a imponer la sanción en grado máximo, que anulamos, sustituyéndolo por el grado medio y en cuantía de cien mil una pesetas (100.001). Sin costas.
Sevilla, 14 de octubre de 1994.-El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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