Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 5 de noviembre de 1993, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 2152/92, promovido por Centros Comerciales Continente, S.A. sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que, estimando en parte, el recurso formulado por la compañía «Centros Comerciales Continente, S.A.« contra las resoluciones que se dicen en el encabezamiento de esta sentencia, debemos anular y anulamos dicha resolución en cuanto impone a la actora una sanción por infracción tipificada en el artículo 10.9 de la Ley 8/88, dejando sin efecto dicha sanción, sin que haya lugar a otro pronunciamiento. Todo ello, sin hacer expresa imposición de las costas a ninguna de las partes.
Sevilla, 14 de octubre de 1994.-El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
Descargar PDF