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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de
26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente Dª María Teresa García de Casasola Gómez contra la Resolución al recurso ordinario interpuesto, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en el domicilio de aquél, dándose a conocer la parte resolutoria que literalmente dice:
«Resuelvo declarar la inadmisión del recurso ordinario interpuesto por Dª María Teresa García de Casasola Gómez, de conformidad con lo establecido en el artículo113.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.
Contra la presente resolución -dictada en virtud de Orden de 29 de julio de
1985, de delegación de atribuciones- que agota la vía administrativa, se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo
58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956«.
Sevilla, 18 de octubre de 1994.-La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Moreno Muela.
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