Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 2501/92 S.3ª, interpuesto por Cía. Sevillana de Electricidad, S.A., representada por el Procurador Sr. D. José Ignacio Díaz Valor y defendido por Letrado, contra Resolución de la Presidencia de la Agencia de Medio Ambiente de 20 de marzo de 1992, desestimatoria del Recurso de Alzada interpuesto contra otra de la Dirección Provincial de Cádiz de la Agencia de Medio Ambiente de 11 de diciembre de
1991, recaída en el expediente sancionador número 11/91. En consecuencia con el Recurso citado anteriormente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, ha dictado Sentencia con fecha 18 de febrero de 1994, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«FALLAMOS: Que debemos estimar y estimamos el recurso interpuesto por la Compañía Sevillana de Electricidad S.A., contra la resolución de 25 de noviembre de 1991, del Presidente de la Agencia de Medio Ambiente, por la que se desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Dirección Provincial de Cádiz de la Agencia de Medio Ambiente, de fecha 25 de julio de 1991, recaída en el expediente sancionador de vertidos núm.
7/91, en la que impuso sanción de multa de un millón de pesetas a la empresa Compañía Sevillana de Electricidad S.A. y declaramos la nulidad de dichas resoluciones que dejamos. Sin costas«.
En su virtud, este Organismo, de conformidad con lo establecido en los arts.
118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 19 de octubre de 1994.-El Presidente, José Luis Blanco Romero.
Descargar PDF