Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 181 de 15/11/1994

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 2 de noviembre de 1994, por la que se designa la Comisión de valoración de los funcionarios docentes que desean continuar en el ejercicio de la Función Inspectora a la que han accedido por concurso de méritos.

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El artículo 38 del Decreto 66/1993, de 11 de mayo, establece que, finalizado el período de 3 años de ejercicio de la Función Inspectora por los Docentes que accedieron a la misma, por Concurso de Méritos, los interesados en continuar en dicha función habrían de solicitarlo para valorar su experiencia, de cuyo resultado positivo se hace depender la renovación de la Función Inspectora Educativa, y que dicha valoración será realizada por una Comisión designada al efecto por la Consejera de Educación y Ciencia, cuya composición habrá de ajustarse a lo dispuesto en el artículo

38, punto dos, párrafo segundo del ya citado Decreto 66/1993. Por otra parte, la Orden de 3 de agosto de 1993 (BOJA núm. 88, de 12 de agosto de 1993), dictada en desarrollo de aquel Decreto, regula en el apartado segundo y en el anexo II, las características a que se han de ajustar los informes y la memoria contemplados en el apartado tres del artículo 38 del Decreto 66/1993.

En consecuencia con lo expuesto, dispongo:

1º La Comsión de Valoración estará constituida por los siguientes miembros:

Presidente: Ilmo. Sr. Viceconsejero de Educación y Ciencia.

Vocal 1º: D. Fernando Herrera García, Inspector de Educación, designado por sorteo.

Suplente: D. Manuel Hidalgo Caballero, Inspector de Educación, designado por sorteo.

Vocal 2º: D. Teodosio Vargas Machuca García, Inspector de Educación, designado por sorteo.

Suplente: D. Jesús Pérez González, Inspector de Educación, designado por sorteo.

Vocal 3º: Dª Asunción Vázquez Pérez.

Suplente: D. Manuel Caracuel García.

Vocal 4º Que actuará como Secretario: D. Alfredo León Muñoz. Suplente: D. José Cutiño Vizcaíno.

2º Los miembros de la Comisión estarán sujetos a los motivos de abstención y recusación previstos en la legislación vigente.

3º Los miembros de la Comisión tendrán derecho, en su caso, a la indemnización por razón del servicio que les corresponda según lo previsto en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo.

4º Las actuaciones de la Comisión de Valoración habrán de concluirse antes del día 30 de noviembre del presente año.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de 2 meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 2 de noviembre de 1994

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

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