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Por resultar desconocidos o hallarse ausentes en los domicilios que constan en esta Delegación Provincial de Córdoba (Oficina Liquidadora de Posadas) y en los que se ha intentado la notificación reglamentaria, se practican las mismas mediante este anuncio, comunicando a los contribuyentes los procedimientos de actuación aplicables a cada caso que se indica.
Liquidaciones
El importe de las mismas deberá ser ingresado en la Oficina Liquidadora de Posadas (Córdoba), en metálico o por cheque conformado por entidad bancaria, extendido a favor de la Oficina Liquidadora, teniendo en cuenta que si la publicación de estas notificaciones-liquidaciones aparece en el BOJA entre los días 1 al 15 del mes, el plazo de ingreso termina el día 5 del mes siguiente, o el inmediato hábil posterior si éste fuese festivo. Si la publicación tiene lugar entre los días 16 y último del mes, dicho plazo termina el 20 del mes siguiente, o el inmediato hábil posterior si éste fuese festivo.
El impago de la deuda tributaria en los plazos indicados motivará la incursión automática en el recargo del 20% de apremio. Contra las liquidaciones pueden interponerse Recurso de Reposición ante esta Oficina Liquidadora de Posadas (Córdoba), o Reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de esta publicación en el BOJA.
Valoraciones
Caso de no estar conforme con el valor comprobado por los Servicios de Valoración de esta Delegación, el interesado puede presentar Recurso de Reposición ante esta Oficina Liquidadora de Posadas (Córdoba) o Reclamación ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación en el BOJA.
En caso de interposición de reclamación económico administrativa, deberá justificarse ante esta Oficina Liquidadora a los efectos de lo previsto en el art. 63-2 del vigente Reglamento sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Asimismo, contra el presente acuerdo, tiene la posibilidad de acudir a la Tasación Pericial Contradictoria conforme al art. 52-2 de la Ley General Tributaria en los términos contenidos en el art. 62 del Real Decreto 3494/81 de 29 de diciembre (BOE de 11 de noviembre de 1982), que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES
Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS
Valoraciones
Espinar Fernández, María Isabel. Expediente 719/92. Bienes que se valoran: Parcela de tierra procedente del lote cuarto denominada S. Antonio, Término Almodóvar del Río. Valor declarado: 300.000 ptas. Valor comprobado: 750.000 ptas.
Martínez Carpintero, Miguel José y Urbano Gaitán, Carmen. Bienes que se valoran: Parcela de Tierra Procedente de la Dehesa Cigarra Baja, Término de Almodóvar del Río. Expediente 912/92. Valor declarado: 60.000 ptas. Valor comprobado: 960.000 ptas.
Páez Gómez, Antonio. Expediente 363-T/91. Bienes que se valoran: Casa habitación en Avda. Soldevilla, 28, de la villa de Posadas.
Valor declarado: 2.000.000 ptas. Valor comprobado: 2.459.200 ptas.
Liquidaciones
Alvarez Gómez, Rafael. Expediente 1243/93. Liquidación núm. 133/94T. Importe: 15.450 ptas.
Arroyo Arenas, Concepción. Expediente 1964/93-T.
Liquidación núm. 344/94-T. Importe: 194.400 ptas.
Lucenilla Ortega, Santiago. Expediente 209/92-T.
Liquidación núm. 485/94-T. Importe: 990 ptas.
Molina Bove, Juan Miguel. Expediente 1584/91-T.
Liquidación núm. 1182/93. Importe: 31.518 ptas.
Prieto Núñez, Manuel. Expediente 1820/91.
Liquidación núm. 538/94. Importe: 18.540 ptas.
Córdoba, 11 noviembre de 1994.-El Delegado, Antonio Hurtado Zurera.
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