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Intentada sin efecto la notificación a Agrocean, S.A., sobre el expediente de caducidad, y en cumplimiento de lo prevenido en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, se publica el presente para que sirva de notificación: «Dar traslado a la entidad "Agrocean, S.A. titular de una concesión otorgada mediante Resolución del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes de 11 de septiembre de 1986, para estación depuradora de moluscos en la Margen Derecha del Río Piedras en el Puerto de El Terrón (T.M. de Lepe, Huelva), en transmisión de titularidad autorizada, mediante Resolución del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas de 10 de octubre de
1990 de la empresa Centro Regulador de la Oferta del Molusco Onubense, Sociedad Cooperativa (CROMO)``, del Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Empres Pública de Puertos de Andalucía de 28 de diciembre de 1993, por el que se declara la caducidad de la concesión para estación depuradora de moluscos en el Puerto de El Terrón, titularidad de Agrocean, S.A. Contra el presente acuerdo que, no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante el Excmo. Consejero de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes contado a partir del día de la notificación, de conformidad con lo establecido en el art. 114.2 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común«.
Sevilla, 10 de noviembre de 1994.-El Director Gerente, José Clavero Salvador.
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