Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 17/2/1994

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 DE GRANADA

EDICTO. (PP. 3920/93).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de Granada.

Hace Saber: Que ante este Juzgado se siguen autos de Juicio de Banco Hipotecario de España S.A. número 01582/1991, a instancia de Banco Hipotecario de España S.A. representado por la Procuradora D/ña. Mª José García Anguiano contra Francisca Gutiérrez Gómez y Juan García Fenoy, acordándose sacar a pública subasta los bienes que se describen, la que tendrá lugar en la Sala de Audiencia de este Juzgado:

Primera Subasta: El día veintiséis de enero de mil novencientos noventa y cinco y hora de las diez de la mañana, y por el tipo de tasación.

Segunda Subasta: El día 6 de marzo de mil novecientos noventa y cinco y hora de las diez de la mañana, y con rebaja del veinticinco por cien del tipo de tasación.

Tercera Subasta: El día seis de abril de mil novecientos noventa y cinco y hora de las diez de la mañana, sin sujeción a tipo.

CONDICIONES

1. Para tomar parte en la subasta, los licitadores deberán consignar previamente en el establecimiento al efecto una cantidad no inferior al 20% del tipo en primera y segunda subasta y el 20% del tipo de segunda, en tercera subasta.

2. El remate podrá hacerse en calidad de ceder a un tercero, dentro de los ocho días siguientes, consignándose previa o simultáneamente el precio del remate.

3. Los autos y certificación del Registro de la Propiedad, están de manifiesto en Secretaría donde podrán ser examinados, entendiéndose que todo licitador la acepta como bastante la titulación, y que las cargas y gravámenes, anteriores o preferentes al crédito del actor, quedarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate.

4. Que a instancia del actor, podrá reservarse el depósito de aquellas posturas, que cubran el tipo de licitación, para el supuesto de que el adjudicatario no cumpla sus obligaciones.

5. Para el caso de que el bien que salen a subasta sea el derecho de traspaso de local de negocio, se hace saber que el rematante se obliga a mantener por lo menos durante un año el local destinado a la misma actividad que hoy tiene, y a no traspasarlo durante un año.

6. Sirviendo el presente, para en su caso, de notificación al deudor, por si lo estima conveniente, libere, antes del remate, sus bienes, pagando principal y costas.

FINCAS OBJETO DE SUBASTA

Urbana. Solar, en el paraje de Santo Domingo, El Ejido, término del mismo nombre, de tipo A, con una cabida de ciento trece metros, ochenta y seis decímetros cuadrados, linda: Norte, solar cuatro; Sur, solares diez, once y doce; Este, Avenida de América; y Oeste, solar tres. Finca registral número 39.482.

Ha sido valorada en seis millones ochocientas cuarenta mil pesetas.

Dado en Granada, dieciocho de noviembre de mil novecientos noventa y tres.- El Secretario.

Descargar PDF