Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 198 de 15/12/1994

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE MARCHENA

ANUNCIO de bases.

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Bases que han de regir la convocatoria para la provisión en propiedad, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, de tres plazas de Administrativo de Administración general, vacantes en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Marchena (Sevilla). Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad, por el sistema de concurso-oposición, de tres plazas de Administrativo de Administración General, reservadas para promoción interna, vacantes en la Plantilla de funcionarios e incluidas en la Oferta de Empleo Público de 1994. Las indicadas plazas están encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, pertenecen al GrupoC del artículo25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y están dotadas con las retribuciones básicas fijadas por Ley para el GrupoC, y con las complementarias que les correspondan conforme a la Relación de Puestos de Trabajo y Plantilla de este Ayuntamiento.

Segunda. Condiciones de los aspirantes.

Para tomar parte en el concurso-oposición será necesario:

a)Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

b)Tener la condición de funcionario de carrera de esta Corporación, perteneciente al grupoD y tener una antigüedad de al menos dos años en la Escala o Subescala a que pertenezca.

Los requisitos indicados habrán de poseerse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

Tercera. Instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición, en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base anterior, según modelo que figura en el anexo II, se dirigirán al señor Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de ésta los días laborales, en horario de oficina, o en la forma que determina el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezca publicado el extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado«. No se exigen derechos de examen.

Junto a la instancia, para la valoración de los méritos, los aspirantes habrán de presentar los siguientes documentos:

-Certificación expedida por el Ayuntamiento de Marchena, donde se acrediten los servicios prestados.

-Títulos o certificaciones emitidos por las Instituciones de carácter público que hayan impartido los cursos o seminarios que aleguen los aspirantes (original o fotocopia compulsada).

Cuarta. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias y en el plazo de un mes, la Presidencia de esta Entidad dictará resolución aprobatoria de la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, contra la cual podrán presentarse cuantas reclamaciones se estimen oportunas dentro del plazo de quince días, contados a partir del siguiente a aquél en que se haya publicado dicha lista provisional en el «Boletín Oficial« de la Provincia. Las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será publicada en la forma antes indicada.

Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley

30/1992, ya referenciada, se abrirá un plazo de subsanación de errores de diez días, también a partir de la misma publicación.

Quinta. Tribunal calificador.

El Tribunal calificador de la oposición estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue. Vocales:

-Un representante de la Junta de Andalucía.

-Un técnico en Informática a nivel de usuario designado por el Alcalde-Presidente.

-Dos funcionarios de carrera de la Corporación pertenecientes a los grupos A, B o C designados por el Alcalde-Presidente.

-Secretario: El Oficial Mayor de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Se designarán suplentes que, simultáneamente con los titulares respectivos, formarán el Tribunal. La designación por el Alcalde-Presidente de los miembros del Tribunal se hará pública junto con la lista provisional de admitidos en el «Boletín Oficial« de la provincia, así como en el tablón de anuncios de la Corporación, a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al mismo, de la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, teniendo competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en el cocurso-oposición y que no se hallen previstas en las bases.

Sexta. Lista definitiva de admitidos, componentes del Tribunal calificador y lugar, fecha y hora del comienzo de los ejercicios.

Terminados los plazos a que se refiere la base cuarta, resueltas las reclamaciones y corregidos los errores, en su caso, se publicará en el «Boletín Oficial« de la provincia y tablón de anuncios de este Ayuntamiento:

a)La lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, salvo causas de fuerza mayor, debidamente acreditadas y apreciadas libremente por el Tribunal.

b)Los componentes del Tribunal Calificador.

c)Lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios, que no podrá ser antes de transcurridos dos meses desde la fecha en que se publique extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado«, ni quince días desde la fecha en la que aparezca publicado en el «Boletín Oficial« de la provincia el anuncio a que se refiere esta Base sexta.

Según sorteo celebrado en su día, en cumplimiento

delodeterminadoenelartículo16delRealDecre-

to 2223/1984, de 19 de diciembre, el orden de actuación de los opositores en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra «M«.

Séptima. Fases de selección.

Constará de dos fases: Una de concurso y otra de oposición. La fase de concurso será previa a la de oposición y en ningún caso tendrá carácter eliminatorio.

1. Fase de concurso.

A)Se valorará la experiencia profesional de la siguiente forma: Por cada mes completo de servicios prestados en este Ayuntamiento, en puestos de grupo D de cualquiera de las escalas o subescalas, 0,05 puntos, con un máximo de 4 puntos.

Se valorará la experiencia profesional adquirida en el desempeño de servicios prestados a este Ayuntamiento desempeñando tareas propias de la plaza que se convoca: Por cada mes completo de servicios prestados de esta naturaleza 0,03 puntos, con un máximo de 1 punto.

B)Se valorará la realización de cursos y seminarios de formación que se encuentren relacionados con los contenidos de la plaza convocada e impartidos por Instituciones de carácter público de la siguiente manera:

-De 0 a 20 horas de duración: 0,15 puntos.

-De 20 a 80 horas de duración: 0,35 puntos.

-De 81 horas en adelante: 0,50 puntos.

Máximo: 2 puntos.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición, a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

2. Fase de oposición.

Los ejercicios de la oposición serán dos, obligatorios y eliminatorios, en el orden siguiente:

Primer ejercicio. Consistirá en la superación de un cuestionario test de 72 preguntas con tres respuestas alternativas, de las cuales sólo una será verdadera. Las preguntas se seleccionarán de los temas comprendidos en el Grupo A del Programa Anexo I a la convocatoria. Por aplicación supletoria del artículo 31.2 del Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado aprobado por Real Decreto 28/1990, de 15 de enero, en la presente convocatoria se establece la exención de las materias cuyo conocimiento ya se ha acreditado suficientemente en las pruebas de ingreso a las Escalas y Subescalas de origen (materias comunes) y, consecuentemente, la reducción del programa en relación con los temas ya evaluados y de contenido similar.

Segundo ejercicio. Consistirá en realizar un supuesto práctico, de entre tres propuestos por el Tribunal, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, y en el tiempo máximo de 2 horas, elegidos de entre las materias comprendidas en el grupo B del Programa Anexo I a la convocatoria. Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales y colecciones o libros de los que vengan provistos.

Octava. Calificación de los ejercicios.

El primer ejercicio será calificado por el número de preguntas que sean correctamente respondidas, siendo, en todo caso, necesario responder correctamente a treinta y seis preguntas.

El segundo ejercicio será calificado con hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados aquéllos que no alcancen un mínimo de 5 puntos. Cada miembro del Tribunal otorgará de 0 a 10 puntos, adoptándose las calificaciones sumando las otorgadas y dividiéndolas por el número de los miembros del Tribunal asistentes.

La calificación de cada aspirante en la fase de oposición vendrá determinada por la media resultante de la suma de las calificaciones obtenidas en los ejercicios primero y segundo y su división por dos.

El orden de calificación definitiva de los aspirantes estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas por cada aspirante en las fases de concurso y oposición.

Si la totalidad de los ejercicios no pudiera realizarse durante una sola jornada, el Tribunal comunicará en ese momento a los opositores el día y la hora en que continuarán realizándose las pruebas.

Novena. Relación de aprobados, presentación de documentación y nombramiento. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, la relación, por orden de puntuación, de los aspirantes que hubieran superado todos los ejercicios de la oposición, así como la propuesta de nombramiento a favor del opositor u opositores que hubiera obtenido mayor puntuación. Dicha relación, que en ningún caso podrá superar el número de plazas convocadas y propuesta, junto con el Acta de la última sesión, serán elevadas por el Tribunal al Presidente de la Corporación, a los efectos oportunos.

Las resoluciones del Tribunal tendrán carácter vinculante para la Administración Municipal, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 102 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas trámites afectadas por la irregularidad.

El/Los aspirante/s propuesto/s presentará/n en la Secretaría General de la Corporación, dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a partir de la publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condicines que para tomar parte en la convocatoria se exigieron en la base segunda. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el/los aspirante/s propuesto/s no presentará/n la documentación o no reuniera/n los requisitos exigidos para ocupar la plaza, no podrá/n ser nombrado/s y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera/n podido incurrir por falsedad en la/s instancia/s solicitando tomar parte en la oposición. En este caso la Presidencia de la Corporación resolverá el nombramiento a favor del aspirante que habiendo aprobado todos los ejercicios de la oposición, figurara en el puesto inmediato posterior por orden de puntuación.

Una vez aprobada la propuesta de nombramiento por la Presidencia de la Corporación, el/los opositor/es nombrado/s habrá/n de tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, contados desde el siguiente hábil al de la notificación del nombramiento. Si no tomara posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, quedará en situación de cesante y la presidencia de la Corporación resolverá en la forma anteriormente prevista para el supuesto de que el aspirante propuesto no reuniese los requisitos exigidos.

Décima. Incidencias.

El Tribunal quedará facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden y normal desarrollo de la oposición.

Undécima. Normativa aplicable.

Para lo no previsto en estas bases, se estará a lo determinado en la Ley

30/1984, de 2 de agosto, Ley 7/1985, de 2 de abril, Real Decreto Legislativo

781/1986, de 18 de abril, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, y, supletoriamente, en el Real Decreto 2223/84, de 19 de diciembre y en el R. Decreto 28/1990, de 15 de enero, así como en las demás disposiciones que resulten de aplicación.

Duodécima. Impugnación.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos de carácter firme se deriven de la misma, podrán ser impugnadas por los interesados en los plazos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992 y demás legislación vigente.

ANEXO I

PROGRAMA

Se establece la exención de las pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el ingreso en la Escala o Subescala de origien de los aspirantes.

GRUPO A

1.Documentos administrativos relacionados con el Padrón Municipal de Habitantes.

2.La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos Nulos y anulables. Convalidación. Revisión de Oficio.

3.El servicio público en la esfera local. Las formas de gestión de los servicios públicos locales. Consideración especial de la Concesión.

4.Régimen General de las Elecciones Locales.

5.Consideración económica de la actividad financiera. El derecho financiero. Los sujetos de la actividad financiera.

6.Las modificaciones presupuestarias y su tramitación. Los ingresos afectados como recursos financieros de las modificaciones de crédito. Los compromisos de ingreso.

7.La liquidación del Presupuesto. La Cuenta General de la Entidad.

8.La Ejecución del Presupuesto. Autorización, Disposición, Reconocimiento y Liquidación de derechos y Obligaciones.

9.La contabilidad de ingresos y gastos. Conceptos y fines.

GRUPO B

1.Sistema Operativo Unix. System V. Operaciones con directorios y archivos: Creación, cambio, eliminación, copiado y renombrado.

2.Sistema Operativo MS D.O.S. Operaciones con directorios y archivos: Creación, cambio, eliminación, copiado y renombrado.

3.Sistema operativo Microsoft Windows versión 3.1. Creación y modificación de archivos de texto. Operaciones simples con archivos utilizando el ratón.

4.El editor de textos Uniplex. Funciones Básicas.

5.El programa informático de Padrón Municipal de Habitantes Aytos.

6.El programa informático Sical Aytos.

ANEXO II

MODELO DE INSTANCIA

I.Datos de la convocatoria.

1.Ilustre Ayuntamiento de Marchena, provincia de Sevilla.

2.Plaza o puestos de trabajo: Administrativo de Administración General.

3.Convocatoria «BOE«: (día/mes/año)...

4.Acceso: Concurso-Oposición.

II.Datos personales.

1.Apellidos y nombre:...

2.Documento nacional de identidad número:...

3.Fecha de nacimiento:...

4.Domicilio:...

5.Localidad:...

6.Provincia:...

7.Teléfono:...

III.Titulación.

1.Titulación:...

2.Centro de expedición:...

IV.Relación de documentos y justificantes.

1.Certificado de los servicios prestados en puesto del grupo D en el Ayuntamiento de Marchena.

2.Certificado de Cursos y Seminarios realizados relacionados con las plazas convocadas.

3.Certificado de los servicios prestados en tareas propias de las plazas convocadas.

El abajo firmante solicita ser admitido en el proceso de selección a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso al servicio de la Administración Pública y las especialmente señaladas en la base segunda de la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en la solicitud.

Marchena, 7 de noviembre de 1994.-El Alcalde.

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