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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 2 de abril de 1993 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1613/91, promovido por Confitería Zamudio, S.L., sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor: FALLO
Que estimamos el recurso contencioso-administrativo núm. 1613/91, interpuesto por el Procurador D. Francisco Mariano Ostos Mateos-Cañero en nombre y representación de la entidad Confitería Zamudio, S.L., y declaramos nulas las resoluciones impugnadas precitadas en el fundamento jurídico primero de esta sentencia por no ser conformes a Derecho y dejando sin efecto la sanción impuesta. Sin costas.
Sevilla, 14 de diciembre de 1994.-El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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