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De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, al no haberse podido practicar la notificación en el último domicilio conocido de la entidad «Alberco, S.A.¯, sito en c/ Salado núm. 7, 2º izquierda de Sevilla, se publica la Resolución de 19 de febrero de 1991 de la Presidencia del IARA cuyo tenor literal es el siguiente: «Vistas las circunstancias que concurren en el expediente núm. 88060, relativo a las obras de «Acondicionamiento de la Red de Riego y viaria en la zona regable del Guadarranque¯, y en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Administrativo y concordantes de la Ley de Contratos del Estado y Reglamento que la desarrolla, Resuelvo: Ordenar la incoación de expediente de resolución del citado contrato de obras suscrito con la empresa Alberco, S.A., Sevilla, diecinueve de febrero de mil novecientos noventa y uno. El Presidente del I.A.R.A. (p.d. El Secretario General, Res. 2.1.89, BOJA núm. 5). Fdo. Agustín Madrid Parra¯.
Lo que se comunica a la entidad Alberco, S.A., significándole que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le concede trámite de audiencia por plazo de quince días durante el cual podrá formular las alegaciones y presentar cuantos documentos y justificaciones estime pertinentes; para lo cual tiene el expediente a su disposición en el Servicio de Contratación y Convenios de la Consejería de Agricultura y Pesca, sita en C/ Juan de Lara Nieto, s/n de Sevilla.
Sevilla, 9 de febrero de 1994.- El Secretario General Técnico, César V. López López.
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