Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 24/2/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 14 de enero de 1994, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se presta conformidad a la permuta de un solar propiedad del Ayuntamiento de Estepa (Sevilla), por un local propiedad de don Manuel Segura Fernández y doña Josefa Alvarez Quirós, sobre el cual la SCA Edeco ostenta un derecho real de superficie.

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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Estepa se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril; arts.

109.1, 112.2, 113, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley 7/85, de 2 de abril y demás preceptos de general aplicación. El art. 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/81, de 30 de diciembre, confiere a esta Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de Régimen Local.

El Decreto 29/86, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3, atribuye a esta Delegación competencia para dar conformidad a los expedientes de permuta siempre que su cuantía sea inferior al 25% de los recursos ordinarios del presupuesto de la Corporación. A fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno de Estepa en sesión celebrada el día 25 de noviembre de 1993, por el que se aprueba la permuta de un solar propiedad municipal que tiene calificación de bien patrimonial, por un local sobre el cual la S.C.A. «Edeco¯ tiene constituido un derecho real de superficie, siendo la descripción física de los bienes a permutar la siguiente:

PROPIEDAD PARTICULAR

Don Manuel Segura Fernández y Dª Josefa Alvarez Quirón son propietarios de un solar de 240,70 m2, sito en C/ Lanza, nº

43; y con la intención de construir viviendas de Protección Oficial en dicho inmueble, confieren mediante escritura pública un derecho real de superficie sobre el solar a favor de la S.C.A. «Edeco¯. Esta sociedad se obliga a su edificación y a la entrega de un piso de 63 m2 a los Sres. antes mencionados. A su vez, la S.C.A. se obliga, asimismo, a entregrar al Ayuntamiento de Estepa un local de 16,25 m2; el cual va a ser objeto de la permuta con el Ayuntamiento.

El solar linda: a la derecha saliendo, con casa y patio de D. José Blanco Muñoz; a la izquierda, con C/ Sol y a la espalda con casa de D. Antonio Rico y D. Antonio Contreras. La valoración económica de la parcela es de 732.875 pts. Inscripción registral: Registro de la Propiedad de Estepa, libro 199, folio 122, finca nº 8.189, inscripción 8ª.

PROPIEDAD MUNICIPAL

Parcela sobrante de vía pública sita en C/ Sol, nº 21, que cuenta con una superficie de 29,30 m2 y linda; a la derecha entrando y al fondo con finca de la S.C.A. «Edeco¯ y a la izquierda entrando con C/ Lanza a la que hace esquina. La valoración económica del local es de 732.500 pts. Inscripción registral: Registro de la Propiedad de Estepa, libro 354, folio 56, finca nº 18.756, inscripción 1ª. Al no haber equivalencia de valores en los bienes a permutar, el Ayuntamiento de Estepa se compromete a abonar la diferencia económica existente.

Por cuanto antecede y al amparo de la legislación invocada:

HE RESUELTO

1. Corforme a lo dispuesto en el art. 1, párrafo d) de la Orden de 22 de abril de 1993, prestar conformidad a la permuta de los bienes antes descritos.

2. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3. Notificar la resolución al Ayuntamiento de Estepa.

Sevilla, 14 de enero de 1994.- El Delegado, PO (Orden 22 de abril 1993), El Director General de Admón. Local y Justicia, José A. Sainz-Pardo Casanova.

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