Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 3/3/1994

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Consejería de Cultura y Medio Ambiente

ANUNCIO de la Dirección General de Bienes Culturales, por el que se somete a información pública el expediente para la inscripción específica, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como lugar de interés etnológico, a favor del inmueble sito en la calle Alvarez Quintero, núm. 2 en Sevilla (Farmacia del Salvador).

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Expediente Para la Inscripción Específica en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Lugar de Interés Etnológico, a favor del inmueble sito en la calle Alvarez Quintero, núm. 2 en Sevilla (Farmacia del Salvador)

Encontrándose en tramitación el expediente para la Inscripción Específica, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Lugar de Interés Etnológico, a favor del inmueble sito en la calle Alvarez Quintero, núm. 2 en Sevilla, (Farmacia del Salvador), cuya delimitación literal y gráfica se adjunta, se ha acordado en consideración al estado en que se encuentran las actuaciones y conforme a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley

30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del. Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 13.2 del Real Decreto 111/1986, de

10 de enero, abrir un período de información pública para que en el término de veinte días hábiles, puedan cuantos tengan interés en el mismo, alegar lo que estimen conveniente en orden a la inscripción que se pretende, a cuyo fin, el expediente en cuestión estará de manifiesto en la Dirección General de Bienes Culturales, Departamento de Régimen General del Patrimonio Histórico C/ Levíes, núm. 27, planta 2.º Consejería de Cultura y Medio Ambiente, en Sevilla, de once a trece horas.

Sevilla, 3 de febrero de 1994.- Lorenzo Pérez del

Campo.

Entorno afectado

Teniendo en cuenta la localización del inmueble y la categoría con la que se pretende su inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, no se considera necesaria la afección de un entorno de protección .

Delimitación gráfica [VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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