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De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por ignorarse en el momento presente el domicilio del interesado en los expedientes que a continuación se relacionan, por infracción a la normativa reguladora de la actividad minera por medio de este conducto queda notificada la Resolución recaída en los mismos, advirtiéndole que contra las mismas pueden interponer Recurso Ordinario en el plazo de un mes, ante el Ilmo. Sr. Director General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda, por conducto de esta Delegación.
- Expte. CA-022/93-M, Infractor: D. Rafael Aragón Rodríguez. Ultimo domicilio conocido: C/ Madrid, núm. 3 Chiclana de la Frontera. Sanción impuesta 50.000 ptas.
- Expte. CA-023/93-M, Infractor: D. Rafael Aragón Rodríguez. Ultimo domicilio conocido C/ Madrid, núm. 3 Chiclana de la Frontera. Sanción impuesta: 50.000 ptas.
- Expte. CA-024/93-M, Infractor D. Rafael Aragón Rodríguez. Ultimo domicilio conocido: C/ Madrid, núm. 3, Chiclana de la Frontera. Sanción impuesta: 50.000 ptas.
Cádiz, 9 de febrero de 1994.- El Delegado, Daniel Vázquez Salas.
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