Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 24/3/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 15 de marzo de 1994, de la Viceconsejería, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con fecha 18 de diciembre de 1989.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso contencioso-administrativo número 1 17/8S, interpuesto por Compañía Española para la Fabricación de

Acero Inoxidable, S.A. (Acerinox) contra la Resolución de

70 de noviembre de 1987 que desestimó el recurso de alzada formulado contra la liquidación de tasas número

724.053, relativa al expediente CA-253 (AA), practicada por la entonces Delegación Provincial de Economía y Fomento de Cádiz, por el concepto de inspecciones relativas a la liquidación de subvenciones concedidas como beneficios del Gran Area de Expansión Industrial de Andalucía, dictó Sentencia con fecha 18 de diciembre de

1989, cuyo parte dispositiva literalmente dice:

"FALLAMOS: Que estimando en todas sus partes el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Compañía Española para la Fabricación de Aceros Inoxidables declaramos nulos, por contrarios al ordenamiento jurídico los actos recurridos por los que se le impone el pago de una tasa por 1.647.794 pesetas, con devolución de lo indebidamente percibido. Sin costas¯

Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de apelación por la Junta de Andalucía, ante la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictándose por la misma Sentencia de 5 de mayo de 1993 por la que se desestimaba la apelación deducida número

7086/90, confirmándose la de primera instancia.

En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 25 de febrero de 1994, de Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto.

1º. Dar cumplimiento a la Sentencia de 18 de diciembre de 1989, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, recaída en el recurso

Contencioso-Administrativo número 117/88, confirmada por el Tribunal Supremo por la de fecha 5 de mayo de

1993.

2.º Dar traslado de la presente Resolución a la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria, a los fines de que por la misma se den las instrucciones necesarias, en orden al cumplimiento, a la Delegación Provincial de esta Consejería en Cádiz, a la que, igualmente, se le dará traslado, con las actuaciones a realizar que fueren pertinentes a dicha finalidad con la tramitación en su caso, de la devolución del ingreso, en el supuesto de que la tasa hubiese sido pagada.

3.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de marzo de 1 994.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.

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