Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Con fecha 8 de febrero de 1994, se recibe Expediente del Ayuntamiento de Huelva para la permuta de una parcela de los bienes de propios de ese Ayuntamiento, en el Plan Parcial «Balbuena-Los Rosales¯, por terreno en el Plan Parcial «El Torrejón>), propiedad del Obispado-Diócesis de Huelva.
En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dada cumplimiento a lo dispuesto en el art.
79.2 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, artículos 109.2, 110 y 111 del Real Decreto
1.372/1986, de 13 de junio, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley
6/1983, de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de
1951 y demás preceptos de general aplicación.
El Decreto 29/1986, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3, confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales, cuando el valor del bien no supere el 25 % de los recursos ordinarios del Presupuesto anual de la Corporación.
La descripción exacta de los bienes objeto de la permuta es la que sigue
PROPIEDAD MUNICIPAL:
Parcela P-42 del Plan Parcial "Balbuena-Los Rosales¯ con una extensión superficial de 1.440 m2 y cuyos linderos son Norte en línea de 45 mts., con parcela P-41. al Sur en línea de 3,50 mts., con vial, y en línea de 41,50 mts. con parcela P-32. al Este, en línea de 3 mts. con parcela P-41, y en línea de 29 mts. con la parcela P-43 y al Oeste, en línea de 32 mts. con vial.
Signatura Registral: Inscrito en el Registro de la Propiedad de Huelva-2, tomo 1.643,. libro 245, folio 177, finca 60.228.
Tiene una valoración pericial de 7.500.000 ptas.
PROPIEDAD PARTICULAR:
Terreno en el Plan Parcial «El Torrejón¯, en suelo urbanizable programado, con una extensión superficial de 2.936 m2 y cuyos linderos son Norte con finca del Consejo Superior de Menores; al Sur, con prolongación de Avda. de Diego Morón. Este, con finca de la Asociación Provincial de Minusválidos Físicos «María de Nazaret¯ y al Oeste, con resto de la finca matriz.
Signatura Registral: Inscrito en el Registro de la Propiedad de Huelva-3, tomo 622, libro 178, folio 105, finca 8.693 (de la finca matriz).
Tiene una valoración pericial de 7.500.000 ptas.
En su virtud, HE RESUELTO
1.º Prestar conformidad a la permuta de una parcela de los bienes de propios del Ayuntamiento de Huelva, por terreno propiedad del Obispado-Diócesis de Huelva.
2.º Notificar dicha conformidad al Ayuntamiento de Huelva.
3.º Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
4.º Contra esta Resolución podrá interponerse el
Recurso Ordinario del artículo 114 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes
desde la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
Huelva, 24 de febrero de 199'4.- El Delegado, Carlos
Sánchez-Nieva Navas.
Descargar PDF