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El Gobierno Andaluz viene desarrollando desde 1986, un conjunto de actuaciones que con la denominación Plan «Andalucía Joven¯ ha establecido diversas medidas dirigidas a atender a la; población juvenil andaluza.
Aun cuando este Plan ha ido variando su estructura interna durante este período de tiempo, ha mantenido como fundamentos inspiradores del proceso de intervención en política de juventud la integralidad y la coordinación.
El Plan «Andalucía Joven¯ para 1994, como expresión de nuevos enfoques en políticas de juventud, potencia los programas a realizar en coordinación con las Corporaciones Locales, como administración más cercana a los jóvenes, impulsando, al mismo tiempo, la realización de acciones a desarrollar junto a colectivos y entidades que realizan su trabajo en y desde la población juvenil.
Asimismo, el Plan «Andalucía Joven¯ hace especial hincapié en fomentar entre la juventud la solidaridad y la cooperación, incentivando conductas positivas y participativas que hagan posible una convivencia más justa y solidaria. Por ello, resulta necesario la promoción del voluntariado social entre la juventud, en aras a conseguir una mayor implicación y participación de ésta en la sociedad, al haberse revelado determinante la contribución voluntaria de los jóvenes en el desarrollo social, incorporando de manera desinteresada y participativa nuevos valores y actitudes.
Ahora bien, no ha de olvidarse que junto a la promoción de los conceptos de solidaridad aludidos, se plantea la necesidad de realizar actividades en las zonas de actuación preferente de nuestra Comunidad Autónoma favoreciendo el acceso de estos/as jóvenes a los recursos de la sociedad. En este sentido, el Plan «Andalucía Joven¯ para 1994, mantiene como actuaciones prioritarias, el facilitar al joven el acceso al empleo y a la vivienda, lo que contribuye a su incorporación activa y plena en la sociedad.
Igualmente, se plantea una mejora en las métodos de evaluación, tanto internos como externos, que permitan determinar la incidencia del Plan en la sociedad en general, y en la juventud andaluza en particular.
Todos estos cambios dan como resultado la introducción de importantes modificaciones en la estructura del Plan «Andalucía Joven¯, reflejado fundamentalmente en el impulso de la formación e inserción en el mercado de trabajo, y en una redistribución de los programas.
En su virtud, a iniciativa del Comité Interdepartamental para la Juventud, una vez considerado por la Comisión Delegada de Bienestar Social y a propuesta de la Consejera de Asuntos Sociales, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de marzo de 1994.
A C U E R D A
Artículo 1.
1. Se aprueba el Plan «Andalucía Joven¯ como conjunto de programas y acciones integradas y coordinadas entre sí, dirigidos a la población juvenil de Andalucía.
2. Dicho Plan incluye de una parte, actuaciones a realizar de forma coordinada por la Administración Autónoma y, de otra, actuaciones en cooperación y colaboración
con otras Administraciones y colectivos relacionados
con el ámbito juvenil.
Artículo 2.
1. Los programas del Plan «Andalucía Joven¯ 1994,
se estructuran en los siguientes bloques de intervención
a) Formación e Inserción en el mercado de trabajo.
b) Promoción y Participación Social.
c) Recursos e Iniciativas para la incorporación activa
del joven en la Comunidad.
2. Los programas que integran el Plan «Andalucía
Joven¯ para 1994 se relacionan en el Anexo al presente
Acuerdo.
Artículo 3.
La coordinación de los programas y acciones que lo
desarrollan se efectuará desde la Secretaría del Comité Interdepartamental para la Juventud, conjuntamente con
las Administraciones y los colectivos gestores de los
programas, los cuales aportarán los datos y documentos
necesarios para que dicha Secretaría elabore los informes sobre el estado de ejecución de los programas, su
incidencia y repercusión social en la población juvenil, así como cuantas circunstancias hayan podido acaecer en el
desarrollo de los mismos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera.
Las Consejerías y Organismos de la Junta de Andalucía
que participen en el desarrollo del Plan «Andalucía
Joven¯ 1994, se ajustarán a lo establecido en el Decreto
31/1988, de 17 de febrero, por el que se establece la
estructura organizativa del Programa «Andalucía Joven¯
y se regula el procedimiento para su desarrollo y demás normativa de aplicación.
Segunda.
Las actuaciones previstas en el presente Acuerdo se
desarrollarán en función de las disponibilidades presupuestarias existentes.
DISPOSICION FINAL
El presente Acuerdo surtirá efectos desde el mismo
día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 8 de marzo de 1994
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Asuntos Sociales
A N E X O.
1. FORMACION E INSERCION EN EL MERCADO DE
TRABAJO
Programa 1. Apoyo a las contrataciones de jóvenes.
Programa 2. Formación Profesional Ocupacional.
Programa 3. Formación para el empleo.
Programa 4. Becas a titulados universitarios.
2. PROMOCION Y PARTICIPACION SOCIAL
Programa 1. Fomento del voluntariado, la solidaridad,
la igualdad y la cooperación.
Programa 2. Colaboración en política de juventud
con entidades locales y supralocales.
Programa 3. Fomento de la participación y el asociacionismo.
Programa 4. Inserción de jóvenes en situaciones de
marginalidad o desigualdad.
Programa 5. Prestación y consolidación de los servicios de información y documentación para jóvenes.
3. RECURSOS E INICIATIVAS PARA LA INCORPORACION ACTIVA
DEL JOVEN EN LA COMUNIDAD
Programa 1. Los jóvenes y los recursos en vivienda.
Programa 2. Atención, formación y fomento de conductas
saludables en jóvenes.
Programa 3. Protección, formación y sensibilización
medioambiental para jóvenes.
Programa 4. Fomento de iniciativas culturales.
Programa 5. Fomento de la práctica deportiva.
Programa 6. Intercambios Internacionales para jóvenes.
Programa 7. Ocio, Tiempo Libre y Turismo Joven.
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