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El art. 8b) del Decreto 400/90 de 27 de noviembre, establece la medida de Formación Profesional Ocupacional como una de las medidas a llevar a cabo en el marco del Programa de Solidaridad para la erradicación de la marginación en Andalucía. En base al citado Decreto y a la Orden de 14 de diciembre de 1990 por la que se convocaba a otras Entidades a colaborar en la ejecución del Programa antes citado se han concedido las siguientes subvenciones:
Entidad Pesetas Obra Social y Cultural Sopeña (Estética) 2.928.950 ptas. Obra Social y Cultural Sopeña (Perf. Peluquería)2.802.350 ptas. Obra Social y Cultural Sopeña (Operador Campo) 3.565.013 ptas. Obra Social y Cultural Sopeña (Guarnicionería) 3.015.950 ptas. Obra Social y Cultural Sopeña (Tapicería) 3.951.945 ptas.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 18 de la Ley 3/91 de 28 de diciembre de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992.
Córdoba, 25 de marzo de 1994.- El Delegado, Jacinto Mena Hombrado.
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