Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
La Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regula en su Título IV, la Tesorería y los avales, determinando que las garantías de la Comunidad Autónoma deberán revestir la forma de aval de la Tesorería. En desarrollo de dicha Ley, el Decreto 331/1984, de 4 de diciembre, determina las características y condiciones de los citados avales.
El Decreto 224/1992, de 30 de diciembre, modificó el plazo máximo de garantía de los avales otorgados a favor de las empresas públicas de la Junta de Andalucía y otras entidades dependientes de la misma, para adecuar la duración de la garantía a la naturaleza de las operaciones avaladas. La aplicación de esta norma ha evidenciado que es conveniente hacer extensiva a las empresas privadas a que se refiere el artículo 75 de la Ley General de la Hacienda Pública, las mismas condiciones que se aplican a las empresas públicas de la Junta de Andalucía y otras entidades de la misma, en aras a facilitar la inversión en bienes de capital financiados con recursos ajenos a largo plazo.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 12 de abril de 1994,
D I S P O N G O:
Artículo único: Se modifica el apartado b), del artículo 1º, del Decreto 331/1984, de 4 de diciembre, por el que se desarrollan las características y condiciones de los avales, que queda redactado de la siguiente forma:
«b) El plazo máximo de garantía será de cinco años. No obstante, la duración de la garantía podrá ampliarse hasta el plazo de la operación afianzada cuando se trate de créditos que financien proyectos de inversión de interés preferente para la Comunidad Autónoma de Andalucía y concurran los demás requisitos exigidos por la normativa vigente¯.
DISPOSICION FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 12 de abril de 1994
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda
Descargar PDF