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En el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 4353/1991, interpuesto por Excmo. Ayuntamiento de Puerto de Santa María (Cádiz), representado por el Procurador Sr López de Lemus y defendido por Letrado contra Resolución de la Presidencia de la Agencia de Medio Ambiente de 25 de junio de 1991, desestimatoria del Recurso de Alzada interpuesto contra otra de la Dirección Provincial de Gobernción de 14 de febrero de 1991, por la que se decretaba el cierre inmediato de la discoteca PACHA, y en consecuencia con el Recurso citado anteriormente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, ha dictado sentencia con fecha 27 de abril de 1993, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Fallamos: «Estimar el Recurso interpuesto por el Procurador Sr. López de Lemus, en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de El Puerto de Santa María (Cádiz), contra la Resolución del Presidente de la Agencia de Medio Ambiente, de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, de la Junta de Andalucía de 25 de junio de 1991, que estima parcialmente el de alzada contra otra de la Delegación Provincial de Gobernación de 14 de febrero de 1991 presentado por la entidad «Mesón el Jerezano, S.A.¯ que anulamos por su disconformidad con el ordenamiento jurídico en cuanto niega legitimación para recurrir el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María. Sin Costas¯.
En su virtud, este Organismo, de conformidad con lo establecido en los arts. 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 19 de noviembre de 1993.- El Presidente, Fernando Martínez Salcedo.
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