Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 4/5/1994

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Otros. NOTARIA DE DON FERNANDO SALMERON ESCOBAR

ANUNCIO de subasta. (PP. 1330/94).

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Fernando Salmerón Escobar, Notario del Ilustre Colegio de Granada con residencia en Málaga, hago saber:

Que en acta ante mí de dos de febrero del año en curso, expediente núm. 1/94 se sigue procedimiento extrajudicial de ejecución de la hipoteca constituida por «Transportes y Excavaciones Medina Conejo S.A.« a favor de «Caja Rural Provincial de Málaga Sociedad Cooperativa Andaluza de Crédito Limitada« sobre la siguiente finca: Local comercial único del inmueble sito en término de Alhaurín de la Torre, Avenida de la Vega, Urbanización llamada Huerta Grande, con superficie útil de sesenta y cuatro metros, treinta y seis decímetros cuadrados, sin distribución interior. Inscrita en el Registro de la Propiedad número siete de Málaga, tomo 104, folio 123, finca número

2.289, inscripción cuarta.

Y que procediendo la subasta de dicha finca, ésta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

1. Se señala la primera subasta para el día 15 de julio de 1994, a las 10 horas; la segunda, en su caso, para el día 18 de julio de 1994, a las 10 horas; y la tercera, en el suyo, el día 24 de agosto, a las 10 horas, y en el caso de mejor postura de la tercera subasta, se señala para la licitación entre los mejorantes y mejores postores al día 31 de agosto de 1994, a las

10 horas.

2. Todas las subastas se celebrarán en mi notaría, calle Marqués de Larios,

10, 2º, Málaga.

3. El tipo para la primera subasta es de 6.500.000 pesetas; para la segunda el setenta y cinco por ciento de la cantidad indicada; la tercera se hará sin sujeción a tipo.

4. La documentación y la certificación registral pueden consultarse en la notaría; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

5. Los postores deberán consignar previamente en la notaría de mi cargo el treinta por ciento del tipo correspondiente, o el veinte por ciento del de la segunda subasta para tomar parte en la tercera.

6. Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Málaga, 25 de abril de 1994

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