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Advertidos errores en la adjudicación de destino que aparece como anexo I a la referida Orden de 2 de julio de 1993, al haber adjudicado indebidamente destino de oficio a los funcionarios abajo mencionados, procede corregirlos en los siguientes términos:
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Por tratarse de Profesores que participaron en el Concurso de Traslados una vez finalizado el período de adscripción a plazas en el exterior, ejercitando derecho preferente a la localidad de origen, deben quedar excluidos de la lista de adjudicación de destinos los siguientes Profesores:
López Lumbreras, Ignacio, S.J.
Destino: 04000110 I.F.P. «Abdera¯ Adra (Almería)
Giménez Padilla, María
Destino: 04000110 I.F.P. «Abdera¯ Adra (Almería)
Dichos profesores se adscriben provisionalmente a sus localidades de origen, según se especifica en el apartado sexto 2. de la Orden de 5.11.93 (BOJA del 11) por la que se convocaba el Concurso de Traslados.
Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía previa comunicación a esta Dirección General de Personal, conforme a lo establecido en los artículos
37.1 de la ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y
110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 13 de abril de 1994
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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