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En virtud de lo dispuesto en las Ordenes de la Consejería de Gobernación de 2 de junio de 1989 y 11 de marzo de 1992, por las que se delega la facultad de otorgar subvenciones a los Delegados de Gobernación, en desarrollo de las previsiones del Decreto 117/89, de 31 de mayo, por el que se regulan las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a las Corporaciones Locales y Entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades directamente relacionadas con las competencias que tiene asignadas la Consejería, esta Delegación ha resuelto conceder las subvenciones que a continuación se especifican y con las cantidades que se reseñan.
CC.LL. Importe
Alcaucín
«Deuda con Cía. de Electricidad« 825.000 ptas. Alfarnatejo
«Adquisición de banderas« 50.000 ptas. Benalauria
«Deuda con Cía. de Electricidad« 850.000 ptas. Casabermeja
«Gastos de actos culturales« 400.000 ptas. Carratraca
«Gastos corrientes de la Corporación« 850.000 ptas. Villanueva del Rosario
«Teléfono móvil para la ambulancia« 150.000 ptas.
Málaga, 11 de abril de 1994.-El Delegado, José Manuel López Sánchez.
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