Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 8/6/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 21 de abril de 1994, de la Dirección General de Infraestructura y Servicios del Transporte, por la que se da publicidad al Convenio para la prestación del servicio de transporte de viajeros de Fuente del Rey (Dos Hermanas) a Sevilla.

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La Consejería de Obras Públicas y Transportes, el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, el Excmo. Ayuntamiento de Dos Hermanas y la Empresa Los Amarillos, S.L., han suscrito un Convenio para la prestación del servicio de transporte de viajeros de Fuente del Rey (Dos Hermanas) a Sevilla. En el punto noveno de los acuerdos adoptados en el citado Convenio, se establece que una vez suscrito por las partes intervinientes, será publicado en el BOJA a los efectos oportunos.

Habiendo sido firmado dicho Convenio el pasado día 25 de febrero de 1994, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 7/1993 de 27 de julio, reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía, por la presente se publica su texto íntegro, que figura como Anexo de esta Resolución.

Sevilla, 21 de abril de 1994.-El Director General, Damián Alvarez Sala.

ANEXO

CONVENIO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS DE FUENTE DEL REY

(DOS HERMANAS) A SEVILLA

En Sevilla a 25 de febrero de 1994,

REUNIDOS

De una parte el Excmo. Sr. D. Juan López Martos, Consejero de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía.

De otra, el Ilmo. Sr. D. Alejandro Rojas Marcos de la Viesca, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla.

De otra, el Ilmo. Sr. D. Francisco Toscano Sánchez, Alcalde del Ayuntamiento de Dos Hermanas.

Y de otra, D. Jesús Gutiérrez Martín con D.N.I. 2.510.080, en representación de la empresa Los Amarillos, S.L. que acredita mediante poder otorgado a su favor ante el Notario de Madrid, D. Aurelio Escribano Gonzalo, el 22 de noviembre de 1983, núm. 2383 de su protocolo, inscrito en el Registro Mercantil de Sevilla al tomo 226, libro 3? de Sociedades, folio 97 vuelto, inscripción núm. 23.

EXPONEN

1?El día 14 de enero de 1994, el Alcalde de Sevilla D. Alejandro Rojas Marcos de la Viesca, el Alcalde de Dos Hermanas D. Francisco Toscano Sánchez y Los Amarillos, S.L. representado por D. Jesús Gutiérrez Martín, firmaron un Convenio para la mejora del transporte de la Barriada de Fuente del Rey (Dos Hermanas) y Sevilla, dado que dicho núcleo limita físicamente con Bellavista final de la línea 72 de Transporte Urbano de Sevilla, que viene siendo atendida por Los Amarillos, S.L., como ampliación de la misma en unos

900 m. aproximadamente dentro del término municipal de Dos Hermanas, con acuerdo expreso de remisión del mismo a la Consejería de Obras Públicas y Transportes a los efectos de su normalización administrativa y ratificación oportuna, dado que la ampliación de dicho tráfico afecta a dos términos municipales diferentes.

2?Que el transporte aludido entre Fuente del Rey (Dos Hermanas) y Sevilla se encuentra atendido a través de la concesión administrativa V-1583:JA-143, de carácter regular permanente de uso general de la que es titular la Junta de Andalucía, a través del concesionario Los Amarillos, S.L., concesión que une Sevilla con la Isla Menor del Guadalquivir con paradas intermedias en Fuente del Rey y Sequero, por lo que se hace necesario coordinar actuaciones entre las Administraciones competentes a fin de atender las razonables demandas de los vecinos de dicha Barriada, que interesan la remodelación del servicio regular de transporte existente con Sevilla, ya que, con independencia de su ubicación, la relación con la ciudad es intensa por razones laborales y comerciales y que en la práctica es una prolongación de la Barriada de Bellavista que pertenece al término municipal de Sevilla.

3?Que el transporte solicitado, dada las peculiares circunstancias concurrentes, debe ser atendido con un servicio de tipo regular de transporte urbano que requiere un tratamiento tarifario y de explotación similares y como prolongación de la línea 72.

4?Que se hace necesario el establecimiento de un régimen específico a través de convenios entre la Junta de Andalucía y los municipios competentes, previsto en el artículo 114 de la LOTT.

5?Que como quiera que tanto la concesión de transporte interurbano V-1583:JA-143, como la línea de transporte urbano núm. 72 de Sevilla, vienen siendo gestionadas por la empresa Los Amarillos, S.L., en virtud de concesión otorgada por la Junta de Andalucía en cuanto al transporte interurbano y convenio suscrito con el Ayuntamiento de Sevilla en cuanto al transporte urbano, es por lo que la remodelación de servicios solicitada por los vecinos de Fuente del Rey ha de ser convenida también con dicha Empresa en cuanto a los servicios y su alcance.

De acuerdo con lo que antecede, las partes

ACUERDAN

Primero.La Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, como titular de la concesión V-1583:JA-143, Sevilla-Isla Menor del Guadalquivir, acepta la segregación de tráfico de Fuente del Rey a Sevilla, manteniendo en explotación el tráfico residual de Isla Menor a Sevilla por el Sequero, que quedará incluido en la concesión V-2705:JA-260, Sevilla-Chipiona-Ronda-Ubrique y Arcos de la Frontera con hijuelas, incluida en el expediente de convalidación EC-JA-62, actualmente en trámite y que viene siendo explotada asimismo por la Empresa Los Amarillos, S.L. Dicho tráfico residual será atendido por una expedición en días laborables entre Sequero-Sevilla y una expedición en sábados entre Isla Menor y Sevilla con parada obligatoria en el Sequero y expresa prohibición de tráfico de Fuente del Rey para Sevilla y viceversa.

Este compromiso será formalizado por Resolución expresa del Ilmo. Sr. Director General de Infraestructura y Servicios del Transporte de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, que modificará la concesión V-1583:JA-143 incluyendo el tráfico residual correspondiente en el expediente de convalidación EC-JA-62 de la concesión V-2705:JA-260.

Segundo.El servicio regular de transportes urbanos que gestiona la Empresa Los Amarillos, S.L. bajo el número 72, que comunica la Barriada de Bellavista con el Prado de San Sebastián, ampliará su itinerario hasta el núcleo de Fuente del Rey en las expediciones, con el recorrido y kilometraje que se detalla en el Anexo núm. 1 del Convenio suscrito en 14 de enero de

1994 entre las partes intervinientes.

Tercero.La ampliación se regirá en un todo por el Convenio suscrito entre Los Amarillos, S.L., el Ayuntamiento de Sevilla y la Junta de Andalucía, cuyo texto se acompaña como anexo núm. 2.

La inspección del tráfico coordinado corresponderá a TUSSAM, sin perjuicio de la competencia de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Dos Hermanas, por lo que se refiere a la extensión del servicio al término municipal de Dos Hermanas.

Cuarto.La ampliación o reducción de las expediciones que se estimaran procedente en función de la demanda, habrán de ser acordadas entre las partes si excedieran de las pactadas en un 10%, pudiendo ser autorizadas por el Ayuntamiento de Sevilla a través de la Empresa Municipal TUSSAM, hasta dicho porcentaje previa comunicación a la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Dos Hermanas.

Quinto.El Ayuntamiento de Dos Hermanas pagará directamente a Los Amarillos, S.L. el exceso de kilometraje que esta ampliación supone, sin que en relación con dicho exceso se genere obligación económica alguna para la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Sevilla.

El Ayuntamiento de Dos Hermanas tendrá derecho a percibir la cantidad que corresponda en concepto de compensación por el mayor ingreso que la ampliación genere, vía tarifa, en la forma y cuantía que convengan los Ayuntamientos de Dos Hermanas y Sevilla.

Sexto.La Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Dos Hermanas con respecto a la ampliación de los servicios que se conviene, facultan por el presente documento expresamente a TUSSAM para el ejercicio de cuantas funciones le asigne el Convenio acompañado como Anexo 2.

Séptimo.La Empresa Los Amarillos, S.L. acepta expresamente la prestación del servicio ampliado de la línea 72 en los términos contenidos en el presente Convenio, así como las modificaciones que se establecen con relación a las concesiones administrativas V-1583:JA-143 y V-2705:JA-260 de titularidad de la Junta de Andalucía.

Octavo.El presente convenio se extinguirá por las mismas causas que figuran en el Anexo 2, incluyendo el ámbito temporal.

Noveno.El presente Convenio, una vez suscrito por las partes intervinientes, será publicado en el BOJA a los efectos oportunos.

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