Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 10/6/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 9 de mayo de 1994, por la que se concede una subvención específica por razón del objeto al Consejo Regulador de la Denominación de Origen Málaga.

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Entre los objetivos fundamentales de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía se encuentra la promoción de la calidad de los productos agroalimentarios andaluces. Dentro de esta línea las Denominaciones de Origen adquieren una importancia primordial al ofertar productos de alta calidad con características diferenciales del resto de la oferta.

Desde la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía se tutela la Denominación de Origen «Málaga« para proteger y garantizar la calidad de los vinos de la zona. La vigilancia y control de la producción, elaboración y calidad de los productos protegidos por dicha Denominación se lleva a cabo a través del Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Málaga«, con las funciones previstas en el Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes así como en su Reglamento particular. El marco surgido tras la entrada en vigor del Tratado de la Unión Europea parece imponer la reglamentación comunitaria pero no cabe duda que conforme con el principio de subsidiariedad, disposiciones propias de cada país permanecen vigentes en el sector vino. Para el caso concreto del vino naturalmente dulce de Málaga es imprescindible realizar gestiones administrativas en Francia a fin de que este producto se acoja al penúltimo párrafo del art. 440 de la Ley Francesa de Impuestos Especiales que establece la posibilidad de fijar volúmenes e impuestos diferentes a los originarios de la Comunidad Europea. Se hace necesario sufragar los gastos de gestión ante el Ministerio de Finanzas Francés al objeto de acogerse a lo dispuesto en el artículo mencionado, por lo que no es posible la concurrencia, en base al objeto específico de la subvención. En consecuencia y a tal fin

DISPONGO

1.? Conceder al Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Málaga« una subvención del 50% para hacer frente a los gastos derivados del ajuste a lo dispuesto en el penúltimo párrafo del art. 440 de la Ley Francesa de Impuestos Especiales, con un máximo de un millón de pesetas (1.000.000 ptas.).

2.? El gasto será financiado con cargo a la aplicación presupuestaria:

1.15.00.03.00.740.00.61E.0.1993.00.8624.

3.? El pago de la subvención se podrá efectuar de la siguiente forma: el 50% a la entrada en vigor de la Orden y el restante 50% a la justificación de los gastos de equipamiento.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en BOJA.

Sevilla, 9 de mayo de 1994

LUIS PLANAS PUCHADES

Consejero de Agricultura y Pesca

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