Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 11/6/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 7 de junio de 1994, por la que se concede una subvención al Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera para la ejecución de las vías de acceso y conexión de las mismas a la red viaria metropolitana de la Bahía de Cádiz.

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Ilmos. Sres.:

El Convenio entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes y el Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera suscrito con fecha 23 de mayo de

1994 para la ejecución de las vías de acceso y conexión de las mismas a la red viaria metropolitana de la Bahía de Cádiz recoge la ejecución del acceso desde el Puerto de Sancti Petri y la Barrosa al conjunto de la red arterial metropolitana de la Bahía de Cádiz.

La ejecución de dichos accesos reviste una especial complejidad al discurrir por suelos con fuerte implantación de viviendas y entroncarse con la red local de comunicaciones del municipio de Chiclana de la Frontera, lo que aconseja que la ejecución de las obras sea asumida por el Ayuntamiento de la citada localidad.

Por todo ello se asume el compromiso de conceder una subvención al citado Ayuntamiento para la ejecución de las actuaciones correspondientes a la carretera desde la CN-340 a carretera de la Barrosa y acceso al Puerto de Sancti-Petri, y a la carretera de conexión entre la entrada al Puerto de Sancti-Petri y la Barrosa.

El Ayuntamiento por su parte asume la ejecución de otros proyectos de carreteras que, considerados conjuntamente con los proyectos financiados por la Consejería de Obras Públicas y Transportes, significan una sustancial mejora en las comunicaciones de esta parte del territorio de la Bahía de Cádiz.

La citada subvención tiene carácter específico por razón de su objeto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Ley 9/1993 de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1994, debiendo ser instrumentada mediante Orden.

En su virtud y de acuerdo con las facultades que me vienen atribuidas por el artículo 10 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Conceder una subvención al Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera por un importe de ochocientos treinta millones de pesetas (830.000.000 pesetas) con la finalidad de financiar la ejecución de las obras correspondientes a la carretera desde la CN-340 a carretera de la Barrosa y acceso al Puerto de Sancti-Petri, y a la carretera de conexión entre la entrada al Puerto de Sancti-Petri y la Barrosa. Dicha subvención se hará efectiva con cargo a la partida presupuestaria

01.14.00.01.00...760.00.81C..9 y con las anualidades que a continuación se expresan:

Anualidad Importe

1994 25.000.000 ptas.

1995 100.000.000 ptas.

1996 275.000.000 ptas.

1997 430.000.000 ptas.

Segundo: El importe de la subvención no podrá ser destinado a finalidad ni actividad distinta de la indicada en el punto anterior de la presente Orden. Su incumplimiento obligará a la devolución de los fondos percibidos.

Tercero: La subvención se hará efectiva mediante un primer libramiento sin previa justificación de 25.000.000 de pesetas. Los libramientos sucesivos, hasta el 100% del importe de la subvención, se harán efectivos previa presentación de las certificaciones acreditativas de la inversión ejecutada.

En el plazo de dos meses a partir del cobro efectivo del último libramiento, correspondiente al 100% de la subvención, se deberá justificar el empleo de ésta mediante certificación del Interventor de la Corporación, acreditativa de que se han abonado a los correspondientes perceptores todas las certificaciones expedidas.

En todos los casos en el plazo de quince días a partir de la recepción de los fondos, se aportará por el Ayuntamiento certificación de la Intervención de haber sido registrado en su contabilidad el ingreso de los fondos, con expresión del asiento contable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento de la Intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 149/1988, de 5 de abril, en relación con el artículo

53.4 de la Ley General de la Hacienda Pública.

Cuarto: La Consejería de Obras Públicas y Transportes, podrá requerir la documentación que estime necesaria a fin de comprobar la efectiva realización de la inversión, y su adecuación a la finalidad de la subvención. La Consejería de Obras Públicas y Transportes podrá comprobar en todo momento, mediante las inspecciones que considere oportunas, la efectividad de la inversión objeto de la presente Orden.

Quinto: A los efectos del artículo 21 de la Ley 9/1993, de 30 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1994, la presente Orden será publicada en el BOJA y entrará en vigor el día siguiente de su publicación.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 7 de junio de 1994

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Delegado Provincial de Cádiz.

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