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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 3 de abril de 1995, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 517/93, promovido por Materiales de Construcción San Carlos, S.L., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto por Materiales de Construcción San Carlos, S.L., contra las resoluciones recogidas en el Primer Fundamento Jurídico, las cuales anulamos parcialmente por su disconformidad con el Ordenamiento Jurídico, en el sentido de absolver a la actora de la infracción grave por la que fue sancionada, anulando la sanción de doscientas mil pesetas, siendo la de cinco mil pesetas la que debe imponerse por la comisión de una infracción leve. Sin costas.
Sevilla, 11 de julio de 1995.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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