Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 27/7/1995

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

DECRETO 148/1995, de 6 de junio, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Rute (Córdoba) para adoptar su bandera municipal.

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El Excmo. Ayuntamiento de Rute (Córdoba) ha estimado oportuno adoptar su bandera municipal a fin de perpetuar en ella los hechos más relevantes y pecualiares de su pasado histórico.

A tal efecto, con arreglo a las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes, y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 1 de marzo de 1994, elevó a esta Consejería de Gobernación, para su definitiva aprobación, el correspondiente proyecto y memoria descriptiva de la misma. El expediente se sustanció conforme a las normas establecidas al respecto en la Ley de Bases del Régimen Local y el Decreto 14/95, de 31 de enero, por el que se regula el procedimiento para la aprobación y rehabilitación de escudos heráldicos, banderas y otros símbolos de las entidades locales de la Comunidad Autónoma Andaluza, y previo informe favorable del Instituto de Academias de Andalucía.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía confiere competencias a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Administración Local. En su virtud, al amparo de lo establecido en el art. 2, apartado 7 del Decreto 14/95, de 31 de enero, y del artículo 26.15 de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta de la Consejera de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 6 de junio de 1995,

D I S P O N G O

Artículo Unico. Se autoriza al Excmo. Ayuntamiento de Rute (Córdoba) para adoptar su bandera municipal, que quedará organizada en la forma siguiente: Bandera rectangular, en la proporción 2/3, terciada, vertical, formada por tres franjas verticales, paralelas entre sí y al asta, amarilla la primera, blanca la segunda y verde la tercera, siendo la central el doble de ancha que las de los extremos y cargada la misma, en su centro, que también lo es de la enseña, de las armas municipales de Rute.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de junio de 1995

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación

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