Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 16/11/1995

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Consejería de Industria, Comercio y Turismo

RESOLUCION de 10 de octubre de 1995, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza una planta de cogeneración de energía térmica y eléctrica de la empresa Puerto Real Cogeneración, SA, situada en el término municipal de Puerto Real (Cádiz) . (PP. 2514/95).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.

Con fecha 23 de junio de 1994 y posteriormente con fecha 23 de noviembre del mismo año, la empresa Puerto Real Cogeneración, S.A., con domicilio social en Factoría General Motors, Polígono El Trocadero, término municipal de Puerto Real (Cádiz), solicitó la autorización del proyecto y de su modificación posterior, para unas instalaciones ubicadas en el mencionado polígono El Trocadero.

Segundo. De acuerdo con el artículo 9.º del capítulo III del Decreto

2617/1966, se sometió el expediente a información pública, habiéndose publicado anuncios en el BOJA (31.8.94) y en el BOP (27.8.94).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la citada autorización según lo dispuesto en los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, así como los Decretos del Presidente de la Junta de Andalucía 148/1994, de 10 de agosto, sobre estructura orgánica de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo. Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía

RESUELVE

Autorizar, a la empresa Puerto Real Cogeneración, S.A., la instalación de la mencionada planta de cogeneración térmica y eléctrica cuyas características principales serán:

- Una turbina alimentada por gas natural, EGT modelo RLM 1.600 de tres ejes, de ciclo abierto de 16,1 MVA

de potencia aparente, dotada de compresor axial con álabes variables (16 etapas).

- Alternador Gel Alsthom, 15.000 r.p.m., 4 polos,

11 KV 3 fases, 50 Hz, factor de potencia 0,8, con potencia ajustable a la turbina.

- Una caldera recuperadora de calor, prevista para producir un caudal de vapor de 18.800 Kg/h sin postcombustión o 45.000 Kg/h con postcombustión, a 15º

C de temperatura ambiente, presión de vapor 40 bar(a) y 400º C.

- Una turbina de vapor de 4,7 MVA de potencia aparente, de caudal de vapor vivo 26,6 Tm/h y temperatura

y presión vapor vivo 400º C y 40 bar(a).

- Un alternador de potencia 4,1 MVA, 1.500 r.p.m

50 Hz, 11 KV.

- Un transformador 25 MVA, 11 KV/20 KV.

- Un transformador 2 MVA, 20 KV/400-230 V.

- Equipos auxiliar de maniobra, protección, control, regulación y medida.

La citada instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma, con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de 9 meses. Caso de no ser factible, lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el Capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Lo que se notificará a los interesados, advirtiéndoles que contra la presente Resolución que no agota la vía administrativa podrá interponer Recurso Ordinario, ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes contado a partir del día de su

notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 10 de octubre de 1995.- El Director General,

Francisco Mencía Morales.

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