Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 17/11/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 27 de octubre de 1995, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convocan cuatro ayudas para tesis doctorales, cuyo tema esté relacionado con la situación social de las mujeres.

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La Ley 10/1988, de 29 de diciembre crea el Instituto Andaluz de la Mujer. El Decreto 1/1989, de 10 de enero, por el que se aprueba su reglamento establece en el art. 4 la obligación de dicho organismo de llevar a cabo estudios sobre la situación de la mujer andaluza en distintos aspectos en orden al cumplimiento de sus fines.

Dentro del marco general de dichos fines, se ha estimado conveniente convocar cuatro ayudas económicas

para la realización de tesis doctorales sobre temas relacionados con la situación social de las mujeres, de acuerdo a las bases que figuran en el anexo siguiente:

ANEXO

Primera. Requisitos.

Podrán solicitar la concesión de ayudas económicas las personas con titulación universitaria superior.

Segunda. Solicitudes y documentación.

a) Las solicitudes deberán presentarse en el Registro del Instituto Andaluz de la Mujer, calle Alfonso XII número 52, 41002 Sevilla, o a través de cualquiera de las vías previstas en el art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si las solicitudes adolecieran de algún

defecto formal se estará a lo dispuesto en el art. 71 del mismo texto legal.

b) El plazo de presentación será de 45 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la presente Resolución en el BOJA.

c) Las personas solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:

- Instancia dirigida a la Ilma. Directora del Instituto Andaluz de la Mujer.

- Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad y del número de identificación fiscal.

- Fotocopia compulsada del título académico.

- Fotocopia compulsada de la certificación académica de las calificaciones obtenidas.

- Carta de presentación del/la Director/a de la tesis.

- Declaración jurada de no recibir otra ayuda de investigación con fondos públicos para la realización del mismo

trabajo.

- Curriculum vitae acreditando documentalmente los méritos alegados.

- Breve memoria del proyecto de tesis en la que se detallen los objetivos, metodología e interés, la fecha de iniciación, el plazo previsto de realización y estado actual de la investigación.

Tercera. Comisión de Selección.

a) La Ilma. Directora del Instituto Andaluz de la Mujer, nombrará una Comisión de Selección compuesta por la Jefa del Gabinete de Estudios y Programas y dos personas más designadas por la Directora entre el personal técnico al Servicio del Instituto Andaluz de la Mujer que valorará los proyectos presentados y acordará la adjudicación de las ayudas.

b) Los proyectos de tesis doctorales presentados no deberán estar finalizados en la fecha de aparición de la presente Resolución en el BOJA.

c) La Directora del Instituto Andaluz de la Mujer dictará Resolución que será publicada en el BOJA y notificada a los/as adjudicatarios/as.

Cuarta. Plazo de entrega y presentación de los trabajos.

a) Los/as beneficiarios/as deberán entregar antes del

30 de marzo de 1997 un informe del trabajo avanzado

y finalizar la tesis antes del 30 de noviembre de 1998.

b) Una vez finalizada la tesis, entregarán un ejemplar

de la misma en el Instituto Andaluz de la Mujer con la

calificación obtenida.

c) El Instituto Andaluz de la Mujer podrá solicitar, a

través de sus servicios técnicos, información sobre el

desarrollo del proyecto y de su adecuación a la Memoria presentada.

d) el Instituto Andaluz de la Mujer se reserva la facultad de publicar las tesis de investigación presentadas. En

caso de que no se hiciera uso de esta facultad en un plazo superior a un año desde su entrega, su autor/a podrá

con autorización expresa del Instituto publicarlo, debiendo hacer mención de forma expresa de que dicho trabajo

ha sido financiado con fondos del Instituto Andaluz de

la Mujer.

Quinta. Cuantía y forma de pago.

La cuantía fijada para cada ayuda será de un millón

de pesetas. Dicha dotación económica estará sujeta a la retención del 15% en concepto de IRPF.

La forma de pago será la siguiente: Primer pago del

50% del importe de la ayuda, una vez notificada la resolución de concesión; un segundo pago por importe del 25% de la ayuda una vez entregado el informe del trabajo a que hace referencia el punto 4.a) de esta Resolución; y un último pago una vez entregada la tesis doctoral.

Sexta. La participación en la convocatoria supone la

aceptación de las presentes bases, por lo que el incumplimiento de las obligaciones fijadas en la presente convocatoria dará lugar a la devolución de la ayuda concedida.

Sevilla, 27 de octubre de 1995.- La Directora, Carmen Olmedo Checa.

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