Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 22/11/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

ORDEN de 15 de noviembre de 1995, por la que se convoca el Premio de las Letras Luis de Góngora y Argote.

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Con la finalidad de otorgar público testimonio de reconocimiento a la mejor trayectoria literaria vinculada a Andalucía en su contribución al engrandecimiento de la Cultura de nuestra Comunidad Autónoma, y como símbolo de gratitud de una Sociedad sensible y retributiva, se hace pública la I Convocatoria del Premio de las Letras «Luis de Góngora y Argote¯.

El Decreto 154/1995 de 13 de junio, por el que se regulan los premios que concede la Consejería de Cultura, faculta en su Disposición Final Primera al Titular de la Consejería para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución de lo establecido en el citado Decreto.

En su virtud, en uso de las facultades que me confiere el artículo 39 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma,

D I S P O N G O

Primero. Se convoca el Premio de las Letras «Luis de Góngora y Argote¯ de

1994.

La presente Convocatoria se rige por lo dispuesto en el Decreto 154/1995, de

13 de junio (BOJA núm. 105, de 27 de julio) y por lo que en esta Orden se establece.

Segundo. Podrá optar al Premio «Luis de Góngora y Argote¯ toda persona con trayectoria literaria vinculada a Andalucía.

Los candidatos deberán ser propuestos por Organismos Públicos y Entidades públicas o privadas; por las Academias de la Lengua Española y por los Miembros del Jurado designado al efecto, en cuyo caso el acuerdo será adoptado conforme al capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero. Se hará entrega al galardonado de una medalla conmemorativa símbolo de este Premio, así como de cinco millones de pesetas, no pudiendo el Premio ser dividido, ni concederse a título póstumo.

Cuarto. Las candidaturas deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

1. Datos personales del Candidato y Memoria justificativa de sus méritos y de las razones que han motivado su presentación.

2. Certificado acreditativo de la adopción del acuerdo de presentación del candidato de conformidad con las normas estatutarias o de régimen jurídico por el que se rija la entidad u organismo proponente.

3. Declaración expresa de aceptación de las bases de este Premio y del Fallo del Jurado, por parte del proponente.

La referida documentación se presentará en el Registro General de la Consejería de Cultura, sito en C/ San José, núm. 13, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. Las Candidaturas podrán presentarse hasta el día 11 de diciembre de

1995, inclusive, comenzando el plazo a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

El Fallo del Jurado se hará público el día 20 de diciembre de 1995. La entrega del Premio se celebrará en acto de carácter público institucional cuya fecha y lugar se anunciarán oportunamente.

Sexto. El Jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio en el mundo de la Cultura, designados por el Consejero de Cultura, entre un mínimo de cinco y un máximo de nueve.

Actuará como Secretario un funcionario adscrito a la Consejería de Cultura.

Séptimo. El Consejero de Cultura resolverá todos aquellos aspectos no previstos en esta Orden.

Sevilla, 15 de noviembre de 1995

JOSE MARIA MARTIN DELGADO

Consejero de Cultura

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