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En el expediente instruido por el Ayuntamiento de Espiel (Córdoba) se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 22.2.l; 47.3.k, 79, 80 y
81 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 76 y 79 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; artículos 7, 8, 109, 115, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
Correspondiendo a la Delegada de Gobernación de la Junta de Andalucía dar la conformidad en los expedientes de enajenación de bienes mediante pública subasta, cuya cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación (artículo 3.º 9 del Decreto 29/1986 de 19 de febrero).
En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:
1.º Prestar conformidad a la enajenación, mediante pública subasta de un terreno de 20.000 m segregado de una propiedad municipal de 160.000 m sito en el Paraje denominado «El Caño¯, que linda al Norte con finca matriz del Ayuntamiento de Espiel, al Sur con terrenos de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, al Este con finca matriz de propiedad municipal y al Oeste con nuevo trazado de la Carretera Nacional 432, Badajoz-Granada.
2.º Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Espiel (Córdoba).
3.º Ordenar su publicación en el BOJA.
Córdoba, 6 de noviembre de 1995.- La Delegada, Presentación Fernández Morales.
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