Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 30/11/1995

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO PRIMERA INSTANCIA Nº 15 DE MALAGA

EDICTO. (PP. 2647/95).

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Don Enrique Marín López, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Quince de Málaga.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos sobre Procedimiento Judicial Sumario del artículo 131 de la Ley Hipotecaria bajo el núm. 419/95 a instancia de Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona «La Caixa¯, contra don Juan Antonio Mancebo Amores en los cuales se ha acordado sacar a pública subasta por término de veinte días, los bienes que luego se dirá, con las siguientes condiciones:

Primera. Se ha señalado para que tenga lugar el remate en primera subasta el próximo día quince de febrero de 1996 a las 9,45 horas de su mañana, en la Sala de Audiencia de este Juzgado por el tipo de 17.250.000 ptas.

Segunda. Para el supuesto de que resultare desierta la primera, se ha señalado para la segunda subasta el próximo día veintisiete de marzo de 1996 a las 9,45 horas de su mañana, en la Sala de Audiencia de este Juzgado, con la rebaja del 25 por ciento del tipo que lo fue para la primera.

Tercera. Si resultare desierta la segunda, se ha señalado para la tercera subasta el próximo día treinta de abril de 1996 a las 9,45 de su mañana en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sin sujeción a tipo.

Cuarta. En las subastas primera y segunda, no se admitirán posturas que no cubran el tipo de subasta correspondiente.

Quinta. Para tomar parte en cualquiera de las tres subastas, los licitadores deberán consignar previamente el 20 por ciento del tipo, para ser admitidos a licitación, calculándose esta cantidad en la tercera subasta, respecto al tipo de la segunda, suma que podrá consignarse en la Cuenta Provisional de Consignaciones núm. 3.033 Clave núm. 18, del Banco Bilbao Vizcaya (C/ Larios

8, Málaga) de este Juzgado, presentando en dicho caso el resguardo del ingreso.

Sexta. Los títulos de propiedad de los inmuebles subastados, se encuentran suplidos por las correspondientes certificaciones registrales, obrantes en autos, de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para que puedan examinarlos los que deseen tomar parte en la subasta, entendiéndose que todo licitador los acepta como bastantes, sin que pueda exigir ningún otro, y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del actor, si los hubiere, continuarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el adjudicatario las acepta y queda subrogado en la necesidad de satisfacerlas, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Séptima. Podrán hacerse posturas en pliego cerrado, y el remate podrá verificarse en calidad de ceder a tercero, con las reglas que establece el art. 131 de la Ley Hipotecaria.

Octava. Caso de que hubiere de suspenderse cualquiera de las tres subastas, se traslada su celebración a la misma hora, para el siguiente viernes hábil de la semana dentro de la cual se hubiere señalado la subasta suspendida, en el caso de ser festivo el día de la celebración, o hubiese un número excesivo de subastas para el mismo día.

Novena. Se devolverán las consignaciones efectuadas por los participantes a la subasta, salvo la que corresponda al mejor postor, las que se reservarán en depósito como garantía del cumplimiento de la obligación, y en su caso como parte del precio de la venta.

Décima. Si se hubiere pedido por el acreedor hasta el mismo momento de la celebración de la subasta, también podrán reservarse en depósito las consignaciones de los participantes que así lo acepten y que hubieren cubierto con sus ofertas los precios de la subasta, por si el primer adjudicatario no cumpliese con su obligación y desearan aprovechar el remate los otros postores y siempre por el orden de las mismas.

Undécima. La publicación de los presentes Edictos sirve como Notificación en la finca hipotecada de los señalamientos de las subastas, a los efectos del último párrafo de la regla 7.ª del art. 131.

BIENES OBJETO DE SUBASTA

Parcela número cuatro. Vivienda. Que se edificará sobre la parcela núm. 7, con la siguiente descripción:

Urbana. Casa vivienda en la Urbanización El Molino, del Municipio de Casabermeja, la cual tiene su entrada a través de la calle interior de la Urbanización, hoy sin denominación ni número de gobierno. Consta de tres plantas, sótano, baja y alta. Superficie total construida 199,56 m.

Cuenta con la siguientes distribución: Sótano, consta de caja de escaleras y aljibe y aseo, y zona sin determinar. Superficie construida de 72,54 m.

Planta baja: Consta de porche cubierto de entrada a vivienda y varias dependencias, con una superficie construida de 62,60 m. Planta alta consta de escalera y varias dependencias. Superficie construida de 64,62 m. Linda: Derecha entrando, con finca número tres; izquierda, con la finca núm. cinco; y fondo, con Bernardo Motiel García.

Cuota: 7,03%.

Inscripción: En el Registro de la Propiedad de Málaga, Número siete, Sección Casabermeja, Tomo 551, Libro 20, Folio 86, Finca 1.891.

Y para su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado, libro el presente en Málaga a treinta de octubre de mil novecientos noventa y cinco.- La Secretaria, El Magistrado-Juez.

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