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En el recurso contencioso-administrativo número 6137/91, interpuesto por Simago, S.A., contra resolución de la Dirección General de Salud de 11 de noviembre de 1991, la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla (sección 3.ª) del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado Sentencia con fecha 25 de noviembre de 1992, que es firme, cuya parte dispositiva literalmente dice:
F A L L A M O S
Que estimando, parcialmente, el recurso interpuesto por Simago, S.A., contra las resoluciones sancionadoras de 10 de abril de 1991 y 11 de noviembre de
1991 dimanantes, respectivamente, de la Delegada en Cádiz de la Consejería de Salud, y del Director General de Consumo, declaramos ajustados a derecho dichos actos administrativos, excepto en lo referente a la cuantía de la sanción que será reducida a 100.001 ptas. Sin costas.
En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 11 de octubre de
1994, y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la expresada Sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 20 de noviembre de 1995.- El Viceconsejero, Juan Carlos Cabello Cabrera.
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