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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Sevilla, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AYUNTAMIENTO DE ESTEPA (SEVILLA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija o de servicio 450 ptas./trimestre
Cuota variable o de consumo
Consumo doméstico
Hasta 30 m 331 ptas./m3 Más de 30 m3 hasta 60 m3 trimestre 45 ptas./m3 Más de 60 m3 hasta 100 m3 trimestre 54 ptas./m3 Más de 100 m3 en adelante trimestre 70 ptas./m3
Cuota de contratación 975 ptas.
Cuota de reconexión 650 ptas.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 23 de febrero de 1995
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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