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Vista la propuesta de revisión de tarifas formuladas por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de Transporte Colectivo Urbano que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Autobuses de Córdoba, S.A. (Aucorsa). Córdoba.
Tarifas Autorizadas
Concepto IVA incluido (ptas.)
Billete ordinario 95
Billete de Feria 125
Bono-Bus (10 viajes) 650
Tarjeta mensual 4.000
Pensionistas con ingresos iguales o inferiores al Salario Mínimo Interprofesional: Gratuito a partir de las nueve horas.
Esta Orden surtirá efecto a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 9 de enero de 1995
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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