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Con fecha 10 de abril del actual, se recibe expediente del Ayuntamiento de Medina Sidonia sobre enajenación mediante pública subasta, de una vivienda de propiedad municipal ubicada en c/ Pablo Iglesias núm. 24, planta alta.
En el expediente instruido al efecto se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del R.D. Legislativo 781/86 de 18 de abril, 109.1,
112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley 7/85 de 2 de abril, Ley 6/83 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951 y demás preceptos de general aplicación. El Decreto 29/86, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su artículo 3, confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales, cuando el valor del bien no supere el 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto anual de la Corporación. A fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno en la sesión celebrada el día 31 de marzo de 1995, por el que se enajena, mediante pública subasta, una vivienda de propiedad municipal, siendo la descripción de la misma la siguiente:
Piso que ocupa la planta alta de la casa señalada con el núm. 24 de la calle Pablo Iglesias, de Medina Sidonia. Linda, según consta en la inscripción registral, por la derecha entrando con casa de doña María Marchante, izquierda con la de don Antonio Sánchez Ocero y por la espalda, con la c/ Cigarra.
Inscrita en el Libro Inventario de Bienes Municipales en el Epígrafe 1º (Bienes Inmuebles) y Asiento núm. 24.
En el Registro de la Propiedad de Medina Sidonia aparece inscrita en el Tomo
402, Libro 217, Folio 181. Finca núm. 1.986, inscripción 32. Su valor en venta asciende a la cantidad de 1.034.400 ptas. En virtud de todo ello, he resuelto:
1º Prestar conformidad a la enajenación, mediante pública subasta, de una vivienda propiedad del Ayuntamiento de Medina Sidonia.
2º Notificar dicha conformidad al Ayuntamiento.
3. o Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
4º Contra esta Resolución podrá interponerse el Recurso Ordinario del artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes desde la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
Cádiz, 17 de abril de 1995.- El Delegado, Francisco Menacho Villalba.
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