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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Málaga, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
GRUPO LOCAL DE TAXIS. RONDA (MALAGA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Carrera mínima desde la parada 358 ptas. Por cada carrera más a partir del punto
de partida anterior 115 ptas. A barriadas 393 ptas. Hospital General 433 ptas. Consultas Externas 485 ptas. Polígono Industrial El Fuerte 433 ptas. La Pila y Barriada Constitución 433 ptas. De una barriada a otra 565 ptas. Patronato Militar y Cañada Real 537 ptas. Bda. Cont. y Bda. S. Fco. al Hospital 611 ptas. Bajada al Tajo 1.078 ptas. Visita Turística (una hora) 2.246 ptas. Cada bulto o maleta 36 ptas. Hora de espera 1.512 ptas. Suplemento, festivo, domingos y
feriados 127 ptas. Desde 23,00 horas a 8,00 horas AM. aumento 50%
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 13 de junio de 1995
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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