Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 22/6/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 8 de mayo de 1995, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan becas Postdoctorales.

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1. Objetivos.

Las becas van destinadas a doctores que quieran continuar su labor de investigación en la Universidad de Córdoba.

2. Condiciones de las becas.

La beca comprenderá:

a) Una asignación mensual de 150.000 ptas. brutas.

b) Un seguro de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Este último es extensible al cónyuge e hijos del beneficiario siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social.

Estas becas serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.

3. Duración de la beca.

La duración de la beca será de un año prorrogable, como máximo por otro más. Las solicitudes de prórroga se presentarán en la Sección de Investigación de la Universidad de Córdoba, dentro del décimo mes de la Resolución por la que se concede la beca. Estas solicitudes se resolverán teniendo en cuenta los resultados obtenidos y el informe del Director de la beca. Las prórrogas estarán condicionadas, en su caso, a la existencia de la correspondiente consignación presupuestaria.

4. Requisitos de los solicitantes.

Para optar a estas becas serán necesarios los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la C.E.E.

b) Haber leído la Tesis Doctoral dentro de los tres años naturales anteriores a la solicitud, obteniendo en la misma la calificación «cum laude«.

c) Tener una puntuación mínima en el expediente académico de 2 puntos.

d) Presentar la aceptación previa del responsable del Grupo de Investigación, en el que se adscribirá el solicitante.

5. Carácter de las becas.

La concesión de estas becas no supone ningún tipo de vinculación laboral entre el beneficiario y la Universidad de Córdoba. Las renuncias a las becas deberán presentarse ante la Sección de Investigación de la Universidad de Córdoba. Salvo casos excepcionales, no se admitirán interrupciones temporales del disfrute de la beca.

Los becarios podrán dedicar hasta un máximo de 60 horas durante cada curso académico a la colaboración en actividades docentes relacionadas con su trabajo de investigación, siempre y cuando el Departamento así lo acuerde y sin que ello suponga ninguna responsabilidad laboral por parte de la Universidad, documentándose debidamente dicha colaboración a efectos de concursos.

6. Solicitudes y documentación a presentar. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra a disposición de los interesados en la Sección de Investigación de la Universidad de Córdoba.

Las solicitudes, dirigidas al Vicerrector de Investigación, se presentarán en el Registro General de dicha Universidad. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia compulsada de la certificación académica detallada en la que figuren las calificaciones obtenidas y la fecha de su obtención en la Licenciatura.

c) Fotocopia compulsada del título de Doctor.

d) Curriculum vitae del solicitante, en un máximo de dos folios, adjuntando documentación acreditativa.

e) Memoria del plan de trabajo a realizar, incluyendo un informe del Director del mismo.

f) Justificación de los recursos que aporta el Grupo/Departamento para desarrollar el trabajo de investigación propuesto.

7. Condiciones del disfrute.

El disfrute comienza con la integración del becario en el Departamento y/o en el Grupo de Investigación correspondiente, dentro del plazo que se señale en la Resolución de adjudicación.

8. Selección y valoración de solicitudes.

La selección y valoración de solicitudes se realizará por la Comisión de Investigación de esta Universidad, que tendrá en cuenta los criterios que figuran en el Anexo I.

Las decisiones de carácter científico adoptadas por la Comisión son inapelables.

9. Obligaciones de los becarios.

Los becarios están obligados a:

a) Incorporarse a su Centro de aplicación en el plazo de 15 días naturales a partir del siguiente al de la publicación en el BOJA.

b) Desarrollar eficazmente el plan de trabajo presentado, de acuerdo con las fases previstas y de conformidad con las normas propias del Centro en que se lleve a cabo la investigación.

c) Enviar a la Sección de Investigación una memoria anual sobre el desarrollo de la investigación, en la que deberá constar el estado de la misma, la conformidad del Director del trabajo de investigación y el visto bueno del Director del Departamento.

d) Una vez finalizado el período para el que se ha concedido la beca, deberá presentar en la Sección de Investigación una memoria final sobre la labor realizada con la valoración del Director del trabajo.

La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida y el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, más los intereses de demora que correspondan.

10. Plazo de solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes queda abierto desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA, y finalizará cuando transcurra un mes desde la fecha mencionada.

11. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

Criterios de valoración que se utilizarán para la adjudicación de las becas postdoctorales de la Universidad de Córdoba.

- Expediente académico y calificación de la Tesis.

- Curriculum vitae del solicitante.

- Recursos que aporta el Grupo/Departamento para la realización del trabajo.

Córdoba, 8 de mayo de 1995.- El Rector, Amador Jover Moyano.

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