Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79.1 del Real Decreto Legislativo
781/86, de 18 de abril, artículos 109.2 y 110 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación.
El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local. En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la cesión gratuita por parte del Ayuntamiento de Torredelcampo (Jaén) de dos parcelas a la Empresa Pública del Suelo de Andalucía (E.P.S.A.), a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 5 de diciembre de 1994, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 296, de 28 de diciembre de 1994, y cuya descripción es la siguiente:
- Inmueble sito en calle Travesía de San Sebastián, 19, calle Cañuelo; izquerda, casa de Antonio Vacas Blanca y al fondo el Centro de Beneficencia y asistencia infantil. Tiene una superficie de 102 m2. Inscrita al folio 161 del Tomo 1240, libro 166, finca núm. 14.305
Sevilla, 6 de junio de 1995
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación
Descargar PDF