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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 20 de mayo de 1996, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 6917/1992, promovido por La Cruz del Campo, S.A., sobre Sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Que debemos estimar, en parte, el recurso formulado por la compañía La Cruz del Campo, S.A. contra las resoluciones que se dicen en el primer antecedente de hecho de esta sentencia, que consideramos ajustadas al ordenamiento jurídico, salvo en considerar que los hechos contenidos en el acta constituyen 64 infracciones, lo que anulamos y en su lugar consideramos existe una sola infracción continuada, razón por la cual la sanción queda reducida a cincuenta mil cien pesetas (50.100).- Sin costas.
Sevilla, 6 de agosto de 1996.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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