Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 07/09/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 29 de agosto de 1996, por la que se renueva la designación de miembros del Consejo de Transportes de Andalucía.

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Ilmo. Sr.: Por Decreto 233/1985, de 23 de octubre (BOJA de 14 de diciembre), se procedió a modificar la composición de determinados Consejos Asesores de la Junta de Andalucía, entre ellos, el Consejo de Transportes.

En el art. 5.d) del citado Decreto, se reservaba la designación y nombramiento de diez miembros del Pleno, al Consejero de Turismo, Comercio y Transportes, hoy de Obras Públicas y Transportes.

Por orden de la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes, de 17 de marzo de 1986, ratificada por la Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, de 1 de diciembre de 1986, fueron designados los citados diez miembros del Pleno, en representación de los distintos Organismos y Entidades que en dicha fecha, se consideró conveniente que participaran en el Consejo.

Actualmente, y de acuerdo con el Pacto Andaluz por el Empleo y la Actividad Productiva, firmado por la Junta de Andalucía, C.E.A., U.G.T. y CC.OO. el día 13 de febrero de 1995, se hace necesario revisar la composición de los órganos de consulta y participación institucional, con el objeto de conseguir una adecuada racionalización y homogeneización de los mismos, por lo que continúa vigente la composición del Consejo de Transportes de Andalucía prevista en el art. 5.d) del Decreto 233/1985, de 23 de octubre.

No obstante, se hace preciso renovar la designación de los diez miembros del Pleno, cuyo nombramiento corresponde al Consejo de Obras Públicas y Transportes, y ello sin perjuicio de que, de acuerdo con el segundo párrafo del art. 5.g) del Decreto precitado, el Presidente del Consejo podrá invitar al Pleno del mismo, a cuantas autoridades de las distintas Administraciones y técnicos estime oportuno para mayor asesoramiento.

En su virtud, y en aplicación de la citada normativa, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Designar como miembros del Pleno del Consejo de Transportes de Andalucía de libre designación por esta Consejería, a los representantes siguientes:

1 representante del Ministerio de Fomento.

1 representante de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.

3 representantes de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias.

1 representante de la Red Nacional de Ferrocarriles Españoles (RENFE).

2 representantes de las Asociaciones más representativas de Consumidores y Usuarios de Andalucía.

1 representante de las Asociaciones más representantivas del Sector del Taxi en Andalucía.

1 representante del Comité de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES).

Segundo. Se designan los siguientes tres miembros que, entre los diez antes citados, han de integrar la comisión Permanente, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del art. 5.g) del Decreto 233/1985, de 23 de octubre.

1 representante de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias.

1 representante de la Red Nacional de Ferrocarriles Españoles (RENFE).

1 representante de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía.

DISPOSICION DEROGATORIA

Quedan derogadas la Orden de la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes, de 17 de marzo de 1986, y la Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, de 1 de diciembre de 1986 (BOJA, de 31 de diciembre), sobre designación de miembros del Consejo de Transportes de Andalucía.

DISPOSICION FINAL

La presente disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 29 de agosto de 1996

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmo. Sr. Director General de Transportes.