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Visto el expediente de enajenación mediante pública subasta de una casa, sita en la calle Arrabalete del término municipal de Gaucín, según acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día veintinueve de abril de 1993; en el mismo se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el art. 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; arts. 109, 112.1, 113, 114, 118 y 119 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, Ley 7/85, de 2 de abril, y demás preceptos de general aplicación.
El Decreto 29/86, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3º, confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales cuando el valor del bien no supere el 25% de los recursos ordinarios del presupuesto anual de la corporación.
En su virtud he resuelto:
1º Prestar conformidad a la enajenación, mediante pública subasta, de una casa sita en la calle Arrabalete, de Gaucín, perteneciente a los bienes de propios del Ayuntamiento de Gaucín cuya descripción es la siguiente: Vivienda sita al final de la C/ Arrabalete, s/n, que ocupa una superficie de treinta metros cuadrados. Linda por la derecha con terrenos del antiguo cementerio al igual que por la izquierda y fondo. Se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de Ronda al Tomo 260, Libro 58, Folio 218, Finca núm. 3.345, inscripción 1ª
La valoración de la vivienda es de 391.750 pesetas (trescientas noventa y una mil setecientas cincuenta).
2º Ordenar su publicación en el BOJA.
3º Notificar la presente Resolución al Ayuntamiento de Gaucín.
Málaga, 4 de septiembre de 1996.- El Delegado, Luciano Alonso Alonso.
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