Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 113 de 01/10/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 15 de julio de 1996, de la Agencia de Medio Ambiente, por la que se autorizan medidas cinegéticas de carácter excepcional en el coto privado de caza mayor Sierra del Oro y La Ballestera, con matrícula J-10.118, sito en los términos municipales Santisteban del Puerto (Jaén), Navas de San Juan (Jaén) y Castellar (Jaén), durante la temporada 1996/1997.

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Vista la solicitud de don José Alvarez Molino, en representación del Ayuntamiento de Santisteban del Puerto, don Miguel Sánchez Parrilla, en representación del Ayuntamiento de Navas de San Juan (Jaén) y don Antonio Robledo Morales, en representación del Ayuntamiento de Castellar (Jaén), como titulares del coto privado de caza mayor «Sierra del Oro y La Ballestera¯, con matrícula J-10.118 y una superficie de 8.847 Ha. para cazar

1.300 hembras de ciervo en dicho coto.

Examinado el informe y la propuesta de Resolución de la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Jaén.

Visto el acuerdo del Consejo Provincial de Medio Ambiente, Forestal y de Caza de Jaén, de fecha 26 de abril de 1996, sobre la conveniencia de dicha caza.

Vista la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 25 de junio de

1991, de Regulación de la Caza en Andalucía, y en virtud de la Disposición Adicional Tercera 3ª, faculta a esta Presidencia, según Decretos 148/1994, de 2 de agosto (BOJA núm. 121, de 3 de agosto de 1994) y 156/1994, de 10 de agosto (BOJA núm. 139, de 6 de septiembre de 1994), para tomar medidas especiales cuando concurran circunstancias de carácter excepcional, como son la excesiva densidad y el marcado desequilibrio de sexos.

Teniendo en cuenta que el coto cuenta con Plan Técnico de Caza aprobado por Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca, de fecha 9 de julio de 1993, y cuyo período de validez se extiende hasta el 30 de abril de 1998, estableciendo un cupo anual de 500 ciervos machos para cada una de las cinco temporadas de vigencia.

Estando plenamente justificada la reducción de la población de ejemplares hembras de ciervo en el coto que se cita, ya que la alta densidad de estos ejemplares existente en la actualidad, con valores alejados de la densidad óptima y del adecuado equilibrio entre sexos, produce una degradación de la vegetación existente por sobreexplotación de ésta.

No existiendo ningún sistema viable técnicamente para reducir la población excepto la caza, se propone ésta mediante la modalidad de batida de gestión durante la temporada hábil 1996/1997.

HE RESUELTO

Autorizar la caza de 1.300 hembras de ciervo, debiéndose ajustar a las siguientes condiciones:

a) Las 1.300 hembras de ciervo se cazarán en el coto «Sierra del Oro y La Ballestera¯, matrícula J-10.118, mediante la modalidad de batida de gestión, coincidiendo con las fechas de las monterías que se celebren. La cifra de captura se ha calculado a partir de los datos del Plan Técnico de Caza aprobado para dicho coto, con especial atención a la estimación de poblaciones de animales de caza mayor y a la capacidad de carga admisible por la vegetación, y a partir de la estimación del censo de hembras según la Memoria Justificativa presentada por los titulares de los cotos.

b) Objeto: Evitar la sobreexplotación de la vegetación y equilibrar la densidad y la proporción de sexos de estas poblaciones.

c) Duración: El período de caza será el período hábil durante la temporada

1996/1997.

d) Controles: La Delegación Provincial de Medio Ambiente de Jaén tomará las medidas oportunas que garanticen el correcto cumplimiento de las anteriores condiciones.

La presente Resolución, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente, en el plazo de un mes, a contar desde la recepción de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 a 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de julio de 1996.- El Presidente, Luis

García Garrido.

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