Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 15/10/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 26 de septiembre de 1996, de la Viceconsejería, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con fecha 15 de abril de 1996.

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En el recurso contencioso-administrativo número 829/94, interpuesto por don Francisco Vallejo Sánchez, la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, Sección.ª, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado Sentencia, con fecha 15 de abril de 1996, cuya firmeza fue notificada el 18 de septiembre de 1996, en la que se decreta en su parte dispositiva, literalmente lo siguiente:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por don Francisco Vallejo Sánchez, contra la Resolución del Consejero de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, de 4 de febrero de 1994, desestimatoria del recurso ordinario deducido contra otra de la Delegación Provincial en Málaga de 12 de noviembre de 1993 (SIC) en virtud de la cual se le requería para que procediera a la devolución de 433.362 ptas., percibidas indebidamente, por ser ajustada a Derecho. Sin costas¯.

Por Auto de 20 de diciembre de 1995, en la pieza de suspensión, la Sala acordó suspender la ejecutividad del acto impugnado, previa prestación de fianza o aval para cubrir el principal, más un 20%. Contra el referido Auto, el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía interpuso recurso de Súplica que fue desestimado por el de fecha 11 de marzo de 1996, por el que se confirma y ratifica íntegramente el impugnado; desconociéndose este momento por Secretaría General Técnica, de esta Consejería, si fue llevada a efecto, por la parte actora, la constitución de la garantía para la efectividad de la suspensión del acto impugnado.

En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 25 de febrero de

1994 (BOJA núm. 27, de 9 de marzo de 1994), y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica

6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, 103 y 104 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

DISPONGO

1.º Dar cumplimiento a la Sentencia de 15 de abril de 1996, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1.ª, de esta Capital, en el recurso contencioso-administrativo núm. 829/94, y como consecuencia de ello que por la Delegación Provincial de esta Consejería en Málaga se lleve a efecto cuantas actuaciones de índole administrativa que de todo orden sean necesarias para la efectividad del cumplimiento, en aras al reintegro de lo indebidamente percibido, en concepto de haberes, por don Francisco Vallejo Sánchez, siguiéndose además, para ello, en su caso, el procedimiento y trámites pertinentes, o bien continuándose lo iniciado, poniéndose en conocimiento del Centro Directivo que corresponda, lo que fuera menester, para la finalidad pretendida en cuanto al cumplimiento de lo dispuesto en la Sentencia.

2.º Dar traslado de la presente Resolución a la Delegación Provincial de esta Consejería en Málaga, a los fines de lo dispuesto en el apartado precedente, sin perjuicio de la información a solicitar de la Sala, por si la parte actora constituyó o no, ante la misma, la pertinente garantía.

3.º Dar traslado, asimismo, de la presente Resolución a la Sala, para el debido conocimiento y constancia en el recurso de su razón.

4.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de septiembre de 1996.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.

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