Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 05/11/1996

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

DECRETO 470/96, de 15 de octubre de 1996, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Moguer (Huelva) para adoptar su Escudo Heráldico y Bandera Municipal.

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El Ayuntamiento de Moguer (Huelva) ha estimado oportuno adoptar su Escudo Heráldico y Bandera Municipal, a fin de perpetuar en ellos los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico.

A tal efecto, con arreglo a las facultades que le confieren las disposiciones vigentes y de conformidad con el acuerdo inicial adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 22 de noviembre de 1995, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 16 de 1 de febrero de 1996, elevó a esta Consejería de Gobernación el correspondiente proyecto y memoria descriptiva para su definitiva aprobación.

Sometido el expediente a informe de la Real Academia de Córdoba, de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes, por ésta se informa favorablemente, según acuerdo del día 9 de mayo de 1996, aunque con algunos reparos, que fueron aceptados por la Corporación mediante acuerdo de 24 de julio de 1996.

El expediente se sustanció conforme a las normas establecidas al respecto en la Ley de Bases del Régimen Local y el Decreto 14/95, de 31 de enero, por el que se regula el procedimiento para la aprobación y rehabilitación de escudos heráldicos, banderas y otros símbolos de las entidades locales de la Comunidad Autónoma Andaluza.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía confiere competencias a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de lo establecido en el artículo 2, apartado 7 del Decreto 14/95, de 31 de enero, y del artículo 26.15 de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta de la Consejera de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 15 de octubre de 1996

D I S P O N G O

Artículo primero. Se autoriza al Ayuntamiento de Moguer (Huelva) para adoptar su Escudo Heráldico y Bandera Municipal, que quedarán organizados en la forma siguiente:

Escudo: Quince puntos de ajedrez de oro y azur, bordura componada de Castilla y León. Al timbre corona real cerrada.

Bandera rectangular en la proporción de 11 x 18, jaquelada de quince jaqueles, ocho amarillos y siete azules, dispuestos tres en el ancho por cindo en el largo. Centrado y sobrepuesto el escudo de armas local.

Artículo segundo. El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a este Consejo de Gobierno de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de octubre de 1996

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación

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